LEGALIDAD DE LAS ACTUACIONES

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LEGALIDAD DE LAS ACTUACIONES
  1. CACHEOS
    1. Toda esta jurisprudencia es extensible, con las características de realizarse en el ámbito militar, a la actuación del policía militar. Se distinguen dos tipos de cacheos: — Por orden judicial (art. 563 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). — Sin necesidad de autorización judicial, en los siguientes casos: • Con el consentimiento del titular. • Por sospecha fundada de la comisión de un delito. • Como medida de seguridad para el acceso a una instalación protegida. • En un delito flagrante (art. 553 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal). • Cuando haya mandamiento de prisión contra una persona. • Con ocasión de la detención de un presunto terrorista o rebelde, en el caso de excepcionalidad o urgente necesidad.
    2. REGISTROS
      1. “El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito”.
      2. El derecho a la intimidad.
        1. El derecho a la intimidad, no es absoluto y, por lo tanto, puede verse limitado. Se podra limitar cuando cuando se imponen limitaciones como consecuencia de los deberes jurídicos que el propio ordenamiento jurídico regula.
        2. La consideración de domicilio
          1. el domicilio inviolable es un espacio en el cual el individuo vive sin estar sujeto necesariamente a los usos y convenciones sociales y ejerce su libertad más íntima. el contenido esencial del derecho es fundamentalmente negativo, puesto que lo que se garantiza es ante todo la facultad del titular de excluir a otros de ese ámbito espacial reservado, de impedir o de prohibir la entrada o permanencia en él de cualquier persona”,
          2. Protección del derecho a la intimidad
            1. se plasma, en concordancia con la Constitución española, en la Ley Orgánica 9/2011
            2. Registros en habitaciones de residencias de mandos en territorio nacional
              1. Tienen carácter de domicilio , solo se podrá entrar en las habitaciones de las mismas en los casos de: — Consentimiento del alojado. — Flagrante delito. — Con autorización judicial.
              2. LAS MEDIDAS QUE PUEDEN AFECTAR A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DEBERÁN SER
                1. Idóneas
                  1. Necesarias
                    1. Proporcionales
                      1. Justificadas
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