ENMIENDA CONSTITUCIONAL

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Enmiendas constitucionales propuestas por el Presidente Guillermo Lasso
WALTER SANTIAGO IDROVO
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WALTER SANTIAGO IDROVO
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ENMIENDA CONSTITUCIONAL
  1. Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS emendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 1?
    1. a. Fundamentación del proyecto de enmienda constitucional
      1. i. Dictámenes de la CC: “el cambio de mecanismos de selección de los miembros del CPCCS y el traslado de la función de designación de autoridades del Consejo de la Judicatura a la Asamblea Nacional pueden tramitarse vía enmienda; sin embargo, la modificación de los mecanismos de designación de autoridades en los términos propuestos requería tratarse al menos, por vía de reforma parcial”.
        1. ii. Procedimiento propuesto
          1. i. P. Por postulación ciudadana.
        2. b. Fundamentación de la vía de tramitación de la vía de enmienda
          1. i. No altera la estructura fundamental de la Constitución; ii. No altera el carácter ni elementos constitutivos del Estado; iii. No restringe derechos ni garantías; iv. No modifica el procedimiento de reforma de la Constitución
        3. ¿Está usted de acuerdo con modificar el proceso de designación de los miembros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, para que sean elegidos mediante un proceso que garantice participación ciudadana, meritocracia, escrutinio público, llevado a cabo por la Asamblea Nacional, enmendando la Constitución de acuerdo con el Anexo 2?
          1. a. Fundamentación del proyecto de enmienda constitucional
            1. i. Dictámenes de la CC: declaró que la pregunta en su conjunto no podía ser tramitada por enmienda constitucional debido a que el mecanismo de selección de autoridades para hacer efectivo el traslado de competencias de designación que actualmente le pertenecen al CPCCS a la función legislativa, alteraba la estructura fundamental de la CRE....Sin embargo, se reitera que modificar el procedimiento de selección de los Consejeros del CPCCS se consideró que procedía enmienda constitucional. Por tanto, para hacer efectivo esta modificación, se propone un nuevo procedimiento de designación
              1. ii. Procedimiento propuesto: busca convertir el CPCCS de un órgano de elección popular, a un órgano elegido por un proceso de nominación y selección realizado por la AN
                1. Nuevo procedimiento: Procedimiento por Postulación Ciudadana
              2. b. Fundamentación de la vía de tramitación de la vía de enmienda
                1. i. No altera la estructura fundamental de la Constitución; ii. No altera el carácter ni elementos constitutivos del Estado; iii. No restringe derechos ni garantías; iv. No modifica el procedimiento de reforma de la Constitución
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