2.2. Persona responsable El distribuidor mayorista debe designar una persona como responsable, que deberá tener las cualificaciones y cumplir todas las condiciones establecidas por la legislación del Estado miembro de que se trate (1). Es conveniente una titulación en farmacia. Debe tener las competencias y la experiencia adecuadas, así como los conocimientos y formación sobre PCD. La persona responsable debe cumplir sus responsabilidades per sonalmente y debe estar localizable en todo momento. Podrá delegar funciones, pero no responsabilidades. La descripción por escrito de las funciones del responsable debe definir su autoridad para tomar decisiones para sus ámbitos de responsabilidad. El distribuidor mayorista debe dar al responsa ble la autoridad definida, los recursos y la responsabilidad ne cesarios para el cumplimiento de sus funciones. El responsable debe ejercer sus funciones de manera que se garantice que el distribuidor mayorista puede demostrar el cum plimiento de las PCD y de las obligaciones de servicio público. Entre otras cosas, la persona responsable tiene que: i) garantizar que se aplica y se mantiene el sistema de gestión de la calidad, ii) centrarse en la gestión de las actividades autorizadas y en la exactitud y la calidad de los registros, iii) garantizar que se aplican y se mantienen los programas de formación inicial y continuaiv) coordinar y realizar rápidamente todas las operaciones de recuperación de medicamentos, v) garantizar que se traten eficazmente las reclamaciones per tinentes de los clientes, vi) asegurarse de que los proveedores y los clientes estén au torizados, vii) aprobar todas las actividades subcontratadas que puedan incidir en las PCD, viii) garantizar que se realicen autoinspecciones con la regula ridad adecuada según un programa preestablecido y que se adopten las medidas correctivas necesarias, ix) mantener registros adecuados de las funciones delegadas, x) decidir sobre el destino final de los productos devueltos, rechazados, recuperados o falsificados, xi) aprobar todas las devoluciones de existencias vendibles, xii) garantizar el cumplimiento de cualquier otro requisito que el Derecho nacional imponga a determinados productos (2).
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