PROCESO LEGISLATIVO

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El proceso legislativo es un proceso conformado por 3 fases que en concreto suman de 4 procesos que son estudio, dictamen, discusión y aprobación.
Guillermo Jovani
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Guillermo Jovani
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PROCESO LEGISLATIVO
  1. 1. Fase Iniciativa
    1. Es la fase en la cual se someten a la Cámara los proyectos de ley o de decreto
      1. Solamente cuentan con dicha facultad el presidente de la República, los miembros de la Cámara de Diputados y de Senadores, las Legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal
        1. Los proyectos pueden presentarse en cualquiera de las dos cámaras.
    2. 2. Fase de Discusión y Aprobación
      1. Esta fase tiene por objeto conocer y discutir a fondo el proyecto presentado, con la finalidad de fijar definitivamente el contenido de la ley
        1. Una vez presentado el proyecto de ley a la Cámara de Diputados o de Senadores, será turnado de inmediato por el presidente de la misma a la (o las) comisione(s) respectiva(s), dependiendo de la materia de su competencia para su ESTUDIO y será publicada en la Gaceta Parlamentaria llamándose la cámara que la recibió “cámara de origen”
          1. La comisión respectiva, al recibir el proyecto, deberá realizar una investigación completa, en la que podrán solicitar documentos y realizar entrevistas con los servidores públicos (expertos en el tema) que crean conveniente a fin de crear un DICTAMEN
            1. Cuando el dictamen se encuentra ya elaborado, deberá notificarse al presidente de la mesa directiva de la Cámara, para que lo incluya en el orden del día y se presente ante el pleno de la Asamblea
              1. Con respecto a la DISCUSION de los proyectos, los dictámenes se discuten en el siguiente orden: 1. Primero en lo general, es decir, en su conjunto. 2. Posteriormente en lo particular, es decir, cada uno de sus artículos. Una vez formulada la discusión se procede a la votación correspondiente
                1. En caso de APROBACION, debe enviarse el proyecto a la "Cámara Revisora" en un expediente que contenga el extracto de la discusión y los antecedentes respectivos
                  1. Cuando la cámara revisora ha resuelto la iniciativa, la ley queda APROBADA y deberá enviase al titular del Poder Ejecutivo.
      2. 3. Fase integradora de la eficacia
        1. Cuando el Ejecutivo recibe el proyecto aprobado por el Legislativo, puede:
          1. Realizar observaciones al decreto aprobado
            1. Promulgarlo y, entonces, mandarlo publicar para que se observen y cumplan las disposiciones que contenga la ley
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