GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

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A continuación presentare mi trabajo sobre los derechos humanos hecho para la asignatura de educación para la ciudadanía en el primer trimestre con los artículos sacados de la pagina web de la ONU.
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GENERACIONES DE LOS DERECHOS HUMANOS

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  1. PRIMERA GENERACIÓN

    Annotations:

    • Limitar la acción del poder. Garantizar la participación política de los ciudadanos.
    1. Siglos XVIII y XIV
      1. Defiende la libertad

        Attachments:

        1. Derechos :
          1. Civiles
            1. Politicos
        2. Articulos

          Annotations:

          • Articulo 3 "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona"Articulo 5  "Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas"Articulo 7 "Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación."Articulo 12 "Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques."  Articulo 18 "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia."
        3. SEGUNDA GENERACIÓN

          Annotations:

          • Garantizar unas condiciones de vida dignas para todos
          1. Siglos XIX y XX
            1. Defiende la igualdad
              1. Derechos :
                1. Culturales
                  1. Sociales
                    1. Economicos
                2. Articulos

                  Annotations:

                  • Articulo 22 "Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad." Articulo 24 "Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas." Articulo 26 "    1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos. 2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. 3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.  
                3. TERCERA GENERACION

                  Annotations:

                  • Promover relaciones pacíficas y constructivas
                  1. Siglos XX y XXI
                    1. Defiende la solidaridad
                      1. Derechos :
                        1. Justicia
                          1. Paz
                            1. Solidaridad
                        2. Articulos

                          Annotations:

                          • Articulo 28 "Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos." Articulo 29 " 1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. 2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática. 3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.  
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