Created by Estefania Lara Novelo
over 8 years ago
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Question | Answer |
Intangible | Que no tiene realidad física. |
Marca | Toda aquella denominación o signo que hace posible que cualquier negocio pueda diferenciar los servicios que ofrece o los productos que vende frente a los de la competencia. |
Patente | Es un título otorgado por el Estado al inventor o a su causahabiente por el cual se concede a éste el derecho de explotar en exclusiva la invención durante un periodo de veinte años a partir de la fecha de presentación de la solicitud de patente. |
Secreto Industrial | Se considera secreto industrial a toda información de aplicación industrial o comercial que guarde una persona física o moral con carácter confidencial, que le signifique obtener o mantener una ventaja competitiva o económica frente a terceros en la realización de actividades económicas y respecto de la cual haya adoptado los medios o sistemas suficientes para preservar su confidencialidad y el acceso restringido a la misma. |
Know-How | traducido como saber hacer», «saber cómo» es todo conocimiento reservado sobre ideas, productos o procedimientos industriales que el empresario, por su valor competitivo para la empresa, desea mantener ocultos. |
Aviso Comercial | Son las frases u oraciones que tengan por objeto anunciar al público establecimientos o negociaciones comerciales, industriales o de servicios, productos o servicios, para distinguirlos de los de su especie.. |
Nombre Comercial | Denominación o signo distintivo que identifica al empresario (persona física o jurídica) en el ejercicio de su actividad empresarial diferenciándolo de otras actividades similares o idénticas realizadas por otros comerciantes. Lo identificado por el nombre comercial no son los productos sino la propia empresa. |
Denominación de Origen | Es el nombre o indicación de un lugar geográfico, que puede ser un país o región determinada, que designa un producto que por ser originario de dicha región y por las costumbres de producción o trasformación de sus habitantes, tiene unas características y/o reputación que lo hacen diferente de los productos semejantes provenientes de otros lugares geográficos. |
Derechos de Autor | Es el reconocimiento que otorga el Estado a todo creador de obras literarias y artísticas, en virtud del cual el autor goza de derechos de tipo personal, llamado derecho moral y económico llamado derecho patrimonial. |
Derecho Moral sobre el Derecho de Autor | Consiste en el derecho de todo autor a ser reconocido como tal, a decidir el momento de la divulgación y evitar deformaciones o mutilaciones a su obra, entre otras. Es inalienable, imprescriptible, irrenunciable e inembargable.. |
Derecho Patrimonial sobre el Derecho de Autor | Consiste en la facultad que tiene el autor para explotar por sí mismo su obra, así como para autorizar o prohibir a terceros dicha explotación en cualquier forma dentro de los límites que establece la Ley Federal del Derecho de Autor. Este derecho es transmisible por escrito y debe ser oneroso y temporal. |
Obra | Es toda creación original susceptible de reproducirse por cualquier medio o forma. |
IMPI | Es un organismo público descentralizado de la SECOFI, con personalidad jurídica y patrimonio propio y con la autoridad legal para administrar el sistema de propiedad industrial en nuestro país. |
INDAUTOR | Es un órgano des-concentrado de la Secretaría de Educación Pública y es la autoridad administrativa en materia de derechos de autor en nuestro país. |
OMPI | Es un organismo especializado del sistema de las Naciones Unidas y su objetivo es desarrollar un sistema de propiedad intelectual internacional que sea equilibrado, accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público. |
Copy-Right | Derecho que tiene un autor, incluido el autor de un programa informático, sobre todas y cada una de sus obras y que le permite decidir en qué condiciones han ser éstas reproducidas y distribuidas. |
Reserva de Derechos | Es la facultad que tiene una persona física o moral para usar y explotar en forma exclusiva títulos, nombres, denominaciones, características físicas y psicológicas distintivas, o características de operación originales aplicados, de acuerdo con su naturaleza. |
Regalías | Contra-prestación en dinero, proporcional a las ventas, producción o utilidades, pagadera por el licenciatario en los contratos de licencia de marcas, patentes o conocimientos técnicos. |
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