El Patrimonio

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Patrimonio
Jacqueline Aceves
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Jacqueline Aceves
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Question Answer
Hes alenium est. Quod nos aliid debemus, aes suum est quod alii nobis debent. Es dinero ajeno el que debemos a otros, es dinero propio el que otro nos debe.
qué es patrimonio según tratadistas y desde el ángulo del atributo de la personalidad. es un conjunto de bienes que una persona ha recibido de sus padres, o ascendientes, dando con esa referencia la idea de una transmisión o herencia.
Análisis etimológico de "matrimonio" proviene del latín matrimonium matris: madre y monium:cargas "las cargas de una madre"
Etimología de Patrimonio patris: padre monium:cargas las cargas del padre (como en las sociedades primitivas que el varón era quien aportaba al hogar los animales que cazaba)
Visión del patrimonio según los maestros Aubry y Rau una noción intelectual, su posición doctrinal sea calificada como conceptualista. puesto que los objetos exteriores sobre los cuales se estriban los derechos de una persona no constituyen puntos de apoyo a las partes que lo integran.
definición de Marcel Planiol conjunto de derechos y obligaciones pertenecientes a una persona apreciables en dinero.
Patrimonio según Andres Von Tur es poder económico
patrimonio que tiene una persona en un momento dado patrimonio innantus
patrimonio que se tiene desde el nacimiento hasta la muerte patrimonio in potentia
Luis Araujo Valdivia decía que el patrimonio no es un atributo de la persona sino que tiene cualidad de pertenencia por que el sujeto lo puede modificar.
la opinión de Luis Araujo no es aceptaba porque va en contra de los demás conceptos doctrinales en los que se sostiene que los atributos de la personalidad porque no se pueden suprimir ni transferir.
primera propoción de la doctrina conceptualista de Aubry y Rau sólo las personas pueden tener un patrimonio ya que es un atributo de la personalidad. las cosas o bienes no pueden ser titulares del patrimonio
segunda toda persona tiene necesidad de un patrimonio. el patrimonio jamás se agota porque aunque el titular disponga de todos sus bienes siempre habrá cabida para otros nuevos. no se elimina en su totalidad
tercera una persona no puede tener mas de un patrimonio.
Esmeina agrega a la tercer proposición que: asi como una persona es un ente individual y su personalidad no puede desdoblarse o dividirse, lo mismo sucede con el patrimonio.
proposicion de José de Jesús Ledezma el patrimonio constituye una unidad y una universalidad que son el conjunto de cosas o derechos sujetos a un régimen jurídico que no se alterará a pesar de que cambien, varien o desaprezcan algunos elementos.
la universalidad del patrimonio es: inalterable porque aunque varíen, cambie o desaparezcan elementos del patrimonio, éste no desaparece porque hay posibilidad de adquirir nuevos derechos y obligaciones,.
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