PROCESO DE LIQUIDACION DE UNA INSTITUCION FINANCIERA

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examen derecho bancario y financiero Flowchart on PROCESO DE LIQUIDACION DE UNA INSTITUCION FINANCIERA , created by Nicole Paredes on 18/02/2017.
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  • PROCESO DE LIQUIDACIÓN DE UNA INSTITUCIÓN FINANCIERA 
  • LIQUIDACIÓN:  Las entidades del sistema financiero nacional se liquidan voluntariamente o de manera forzosa
  • TRANSFERENCIA DE ACTIVOS: Cuando se encuentre en liquidación forzosa o disolución voluntaria enajenase la totalidad de activos a otra entidad financiera mediante escritura publica.
  • CAUSALES DE LIQUIDACIÓN 
  • VOLUNTARIA: ~ Por vencimiento del plazo de duración fijado en estatuto. ~Por fusión.~Por conclusión de las actividades ha realizar.~Por translado de domicilio principal al extranjero 
  • FORZOSA: ~Por revocatoria de autorización de actividades financieras que afecten de vialidad económica.~Por incumplimiento sustancial.~Por no cubrir deficiencias de patrimonio ~Por no elevar el capital ~Por perdidas del 50% + capital social ~por no paga obligaciones ~Por reducción del número mínimo de accionistas
  • RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN VOLUNTARIA: se pondrá en conocimiento del organismo de control quien podrá aprobar o negar la liquidación mediante expedición acto administrativo 
  • RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN FORZOSA: Cuando el organismo de control llegase a determinar que la entidad financiera está incursa en una o varias causales de liquidación forzosa, y no fuera posible o factible implementar un proceso de exclusión y transferencia de activos y pasivos, procederá a emitir la resolución de liquidación forzosa de la entidad. 
  • DENUNCIA: En caso de que se resuelva la suspensión de operaciones o la liquidación forzosa de una entidad financiera, el organismo de control está obligado a presentar de inmediato la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General del Estado.
  • RESOLUCIÓN DE LIQUIDACIÓN En la resolución de liquidación voluntaria o forzosa se dispondrá, al menos, lo siguiente: ~La liquidación de la entidad financiera; ~La revocatoria de las autorizaciones para realizar actividades financieras; ~El retiro de los permisos de funcionamiento; ~El plazo para la liquidación, que en ningún caso podrá superar los dos años; ~Designación del liquidador; y, ~La cesación de funciones del administrador temporal. En el caso de liquidación forzosa, en la resolución se solicitará que la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados pague el seguro a los depositantes. 
  • CIERRE DE LA LIQUIDACIÓN: Concluido el proceso de liquidación, el liquidador efectuará la conciliación de cuentas y cierre contable del balance de liquidación, así como el informe final de la liquidación, los cuales serán presentados al organismo de control y dados a conocer a los accionistas y/o socios pendientes de pago, de conformidad con las normas que expida el organismo de control. Al cierre de la liquidación el organismo de control dispondrá la extinción de la entidad y excluirá a la entidad financiera del Catastro Público. 
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