Declaración jurada y pago dentro del mes
siguiente de concluido cada semestre.
Enterar las retenciones dentro de los 10
días del mes siguiente.
Declaración jurada anual dentro de los
primeros tres meses del año
calendario inmediato siguiente.
Se descuenta el total de los ingresos (Renta
Bruta), los costos y gastos incurridos para
generar la misma, debiendo considerar para
las deducciones, las condiciones, requisitos y
límites establecidos en la Ley del ISR.
Suponen la combinación de uno o
más factores de producción.
Su fin es producir, transformar,
comercializar, transportar o
distribuir bienes para la venta
o prestación de servicios.
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos
Para cancelar el ISR es necesario de manera
mensual el monto de facturación y sobre el
ingreso total sin incluir el IVA.
Los agentes de retención son los sujetos obligados por la
Ley que al pagar o acreditar en cuenta de los contribuyentes
rentas gravadas, retengan de las mismas el impuesto
correspondiente.
5% hasta Q.30,000.00
7% sobre el excedente de
Q.30,000.00
Se cancela de manera mensual por
medio de retenciones definitivas
Declaración jurada mensual dentro
de los 10 días hábiles del mes
siguiente en que se emitieron las
facturas.
Declaración anual en los primeros
tres meses del año siguiente.
Rentas del Trabajo
Retenciones mensuales por parte del patrono
Autoliquidación cuando no hay retención.
Hasta Q.300,000.00 5%
Más de Q.300,000.00 7%
Rentas de Capital y Ganancias de Capital
Retenciones por quien paga la renta.
Autoliquidación para ganancias de capital y
montos no retenidos