Mecanismo que permite
expulsar del ordenamiento
jurídico aquellas normas que
contradicen a la constitución
Por órganos políticos: Control delegado
a órganos de composición política
Por órganos judiciales: El
poder judicial realiza el control
Sistema judicial difuso
Cortes o tribunales
constitucionales que hacen una
revisión de la constitucionalidad
de las normas inferiores
Cuando la norma pierde su vigencia al salir del
sistema jurídico, no puede volver a usarse en casos
posteriores a su declaración de inconstitucionalidad
Vías procesales para el CC
Vía directa: El proceso solo juzga la
constitucionalidad de una norma
Vía incidental: el juez necesita pronunciar
acerca de la constitucionalidad de la
norma para llegar a una solución concreta
Funcionamiento en Argentina
Todos los jueces tienen
el deber de defender la
supremacía de la
Constitución
Formas de acceder al control
Ejerce efectos limitados, ya que la
norma no queda derogada; solamente
dejará de aplicarse en un caso concreto
Control de convencionalidad
Tiene por finalidad
declarar la invalidez de
una norma inferior que
contradice a la superior
Realizado por los jueces. Sigue
el sistema de control difuso
Doctrina de las cuestiones
políticas "No justificables"
Decisiones políticas del gobierno que
no pueden ser juzgadas por ningún
órgano judicial, por lo que no pueden
ser declaradas inconstitucionales