Todas las disposiciones en materia presupuestal
deben ceñirse a las prescripciones contenidas en
este Estatuto
CAPÍTULO 1:DEL SISTEMA
PRESUPUESTAL
Cobertura del
Estatuto
Presupuesto General de la
Nación (PGN)
los presupuestos de los establecimientos
públicos del orden nacional
Presupuesto
Nacional
fijación de metas financieras
a todo el sector público
distribución de los excedentes financieros de
las empresas industriales y comerciales del
Estado
Sistema
Presupuestal
Constituido
Por
Plan
Financiero
instrumento de planificación y
gestión financiera sector público
tiene como base las operaciones efectivas de
las entidades que ameriten incluirlse en el plan
Plan Operativo Anual de
Inversiones
señalará los proyectos de inversión clasificados
por sectores, órganos y programas
guardará concordancia con el Plan
Nacional de Inversiones
Presupuesto Anual de la
Nación
Banco Nacional de Programas Y
proyectos
Es un conjunto de actividades seleccionadas como
viables en el Departamento Nacional de Planeación
El Presupuesto General de la
Nación
El Presupuesto de
Rentas
contendrá la estimación de los
ingresos corrientes de la Nación
El Presupuesto de
Gastos o Ley de
Apropiaciones
distinguirá entre gastos de funcionamiento,
servicio de la deuda pública y gastos de
inversión de la Nación
Disposiciones
generales
Corresponde a las normas tendientes a asegurar la
correcta ejecución del Presupuesto General de la
CAPÍTULO 2:DE LOS PRINCIPIOS DEL SISTEMA
PRESUPUESTAL
PLANIFICACIÓN
El PGN deberá guardar concordancia con los
contenidos con los diversos planes de la
Nación
ANUALIDAD
Año Fiscal: 1 enero a 31
Diciembre
Después del 31 de diciembre no
podrán asumirse compromisos y
los saldos de apropiación no
afectados por compromisos
caducarán sin excepción
UNIVERSALIDAD
contendrá la totalidad de los gastos
públicos que se espere realizar
durante la vigencia fiscal respectiva
ninguna autoridad podrá
efectuar gastos públicos que no
figuren en el presupuesto
UNIDAD DE CAJA
Con el recaudo de todas las rentas y recursos
de capital se atenderá el pago oportuno
de las apropiaciones autorizadas en el
Presupuesto General de la Nación
PROGRAMACIÓN INTEGRAL
Se debe contemplar
simultáneamente
los gastos de inversión
Los Gastos de funcionamiento
ESPECIALIZACIÓN
Las operaciones deben referirse
a su objeto y funciones
Las Operaciones se ejecutarán
estrictamente conforme al fin
para el cual fueron
programadas
INEMBARGABILIDAD
Son inembargables las
rentas, bienes y derechos del
PGN
COHERENCIA
MACROECONÓMICA
El presupuesto debe ser compatible con las
metas macroeconómicas fijadas por
el Gobierno
La la Junta Directiva
del Banco de la
República
HOMEOSTASIS PRESUPUESTAL
deberán guardar congruencia
con el crecimiento de la
economía
No debe generar
desequilibrio
macroeconómico
El Confis podrá autorizar la asunción de obligaciones que
afecten presupuestos de vigencias futuras cuando se
cumplan las condiciones
CAPÍTULO 3: DEL
CONFIS
CONSEJO SUPERIOR DE
POLITICA FISCAL
Naturaleza y Composición
adscrito al Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
rector de la política fiscal y coordina el
sistema presupuestal
Integrado por
Ministerio de Hacienda y Crédito Público
Director del Departamento
Administrativo de Planeación Nacional
Consejero Económico de la Presidencia de la
República
Viceministros de Hacienda
Directores generales de Crédito Público
Directores generales de Impuestos y Aduanas
Directores generales de Presupuesto Nacional,
Funciones
Aprobar, modificar y evaluar el
Plan Financiero del Sector Público
Determinar las metas financieras para la
elaboración del Programa de Caja del Sector
Público.
Otras funciones que se establezcan
Aprobar y modificar los presupuestos de
ingresos y gastos de empresas y sociedades
Analizar y conceptuar sobre las aplicaciones
fiscales del Plan Operativo Anual de
Inversiones
CAPÍTULO 4:DEL PRESUPUESTO
DE RENTAS Y RECURSOS DE
CAPITAL
Generalidades
Los ingresos corrientes se clasificarán
en
Tributarios
Impuestos
Directos
Impuestos
Indirectos
No Tributarios
Las
Tasas
Las
Multas
Las rentas de destinación específica
autorizadas se harán efectivas
después de descontar
el situado fiscal y la participación de
los municipios en los ingresos
corrientes de la Nación
Son contribuciones parafiscales
los gravámenes establecidos
con carácter obligatorio por la
ley
que afectan a un único grupo social o económico
se utilizan para beneficio del propio sector
CUPOS DE ENDEUDAMIENTO
GLOBAL
Se establecerán para instituciones del gobierno
Permite suprimir procedimientos ante ciertas
autoridades
INGRESOS DE LOS ESTABLECIMIENTOS
PúBLICOS
En el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital se
identificarán
Rentas propias
Recursos de capital
CAPÍTULO 5: DEL PRESUPUESTO DE
GASTOS O LEY DE APROPIACIONES
Se
comprenden
por:
Gastos de funcionamiento
Servicio de la deuda pública
Gastos de inversión
Si se exceden los gastos
Se solicitará apropiaciones para los gastos que estime
menos urgentes
se disminuirá las partidas o los porcentajes
señalados
Incluir
apropiaciones
A créditos Judicialmente
reconocido
A gastos
conformen la Ley
Las destinadas a los planes y programas
de desarrollo económico y social
A las leyes que organizan
CAPÍTULO 6: DE LA PREPARACIÓN
DEL PROYECTO DE PRESUPUESTO
GENERAL DE LA NACIÓN.
Gobierno prepara anualmente el
Proyecto de Presupuesto General de
la Nación
Plan
Financiero
Ministerio de Hacienda y
Crédito Público
Plan Operativo Anual de
Inversiones
Departamento Nacional de
Planeación
CAPÍTULO 7:DEL ESTUDIO DEL PROYECTO DE
PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION POR EL
CONGRESO
El Gobierno Nacional
comisiones económicas de
Senado y Cámara
Consideración del Congreso del Ministerio de
Hacienda y Crédito Público
10 días de
cada
legislatura
Primera semana en Abril
CAPÍTULO 8: DEL ESTUDIO DEL PROYECTO DE
PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN POR EL
CONGRESO
las comisiones del Senado y
Cámara de Representantes
Opinion del Banco de la Republica
impacto macroeconómico y
sectorial del déficit y el nivel
de gasto propuesto
decidirán sobre el monto definitivo del
presupuesto de gastos
La aprobación del proyecto
plenarias iniciarán su discusión el 1°
de octubre
Antes del 25 de septiembre
Antes del 15 de
septiembre
CAPÍTULO 9: DE LA REPETICIÓN
DEL PRESUPUESTO
Proyecto de Presupuesto General
de la Nación
No presentado en los 10 dias de
sesiones ordinarias
Gobierno Nacional expedirá el decreto
de repetición antes del l° de diciembre
Responsable de las estimaciones de
las rentas y recursos de capital para
el nuevo año fiscal
Nuevas rentas o recursos de
capital no incluidas en el
decreto de repetición
CAPÍTULO 10: DE LA
LIQUIDACIÓN DEL
PRESUPUESTO
Dictar el Decreto de
Liquidación del Presupuesto
General de la Nación
1.Como base el proyecto de
presupuesto presentado
2.Insertará todas las
modificaciones
3. Se acompañará con un anexo que
tendrá el detalle del gasto para el año
fiscal respectivo
CAPÍTULO 12: Del control politico y el seguimiento finanaciero
El gobierno ejerce control el presupuesto mediante citacion,informes y
analisis.
Los establecimientos públicos, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta deberán enviar al Departamento Nacional de Planeación y a la Dirección General del
Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda la totalidad de los estados financieros definitivos con corte a 31 de diciembre del año anterior, a más tardar el 31 de marzo de cada año
el Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Nacional, determinará las normas y procedimientos sobre suministro de información,
registros, presupuestales y su sistematización
El Consejo Superior de Política Fiscal podrá suspender o limitar el programa anual de caja de los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación, y ordenar la
suspensión,desembolsos, para las entidades territoriales, cuando unos u otros incumplan con el suministro de los informes y demás datos requeridos para el seguimiento presupuestal y para el
control de información presupuestal.
La Contraloría General de la República ejercerá la vigilancia fiscal de la ejecución del presupuesto sobre todos los sujetos
presupuestales
CAPÍTULO 11: DE LA
EJECUCION DEL
PRESUPUESTO
No se puede ejecutar ningun proyeto que sea del presupuesto general de la nacion y no
este evaluado por el banco nacional de programas y proyectos
Todos los actos administrativos que afecten las apropiaciones presupuestales
deberán contar con certificados previos para garantizar estos gastos
Ni el Congreso ni el Gobierno pueden abrir créditos adicionales al presupuesto sin
que se establezca de manera clara y precisa el recurso que ha de servir de base para
su apertura
La ejecución de los gastos del Presupuesto General de la
Nación se hará a través del Programa Anual Mensualizado de
Caja, PAC.
En cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto
del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente,
las apropiaciones presupuestales,
Cuando se fusionen órganos o se trasladen funciones de uno a otro, el
Gobierno Nacional mediante decreto, hará los ajustes correspondientes en
el presupuesto
Las apropiaciones incluidas en el Presupuesto General de la
Nación, son autorizaciones máximas de gasto que el Congreso
aprueba para ser ejecutadas o comprometidas durante la vigencia
fiscal respectiva. Después del 31 de diciembre de cada año estas a
autorizaciones expiran y, en consecuencia, no podrán
comprometerse, adicionarse, transferirse ni contracreditarse.
CAPÍTULO 13:Dirigido a empresas industriales y
del estado
Las no
financieras
se le aplican los principios presupuestales contenidos en la Ley
Orgánica del Presupuesto con excepción del de inembargabilidad.
Las
financieras:
Sus directrices serán establecidas por el ministerio de hacienda, también puede ser delegado el
superintendente bancario.
CAPÍTULO 14:Tesoro nacional e
inversiones
Operaciones en el exterior sobre, títulos valores de deuda pública emitidos por la Nación
Operaciones en el país sobre títulos valores emitidos por el Banco de la República y las instituciones
financieras sometidas al control y vigilancia de la Superintendencia Bancaria
Celebrar operaciones de crédito de tesorería, y emitir y colocar en el país o en el exterior títulos valores
de deuda publica interna, en las condiciones que establezca el Gobierno Nacional
Liquidar anticipadamente sus inversiones, y vender y endosar los activos financieros que configuran su
portafolio de inversiones en los mercados primario y secundario
Aceptar el endoso a su favor de títulos valores de deuda pública de la Nación para el pago de
obligaciones de los órganos públicos con el Tesoro de la Nación, con excepción de las de origen
tributario
Las demás que establezca el Gobierno.
CAPÍTULO 15:Las entidades
territoriales
Los subsidios en los servicios públicos
domiciliarios se otorgarán a las personas de
menores ingresos, conforme a lo previsto en la
Ley 142 de 1994
Ley Orgánica del Presupuesto,
adaptándolas a la organización, normas
constitucionales y condiciones de cada
entidad territorial.
CAPÍTULO 16:De la capacidad de
contratación, de la ordenación del gasto y
de la autonomía presupuestal.
tendrán la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la cuál hagan parte
la Contraloría General de la República gozará de autonomía presupuestal para administrar sus asuntos según lo
dispuesto por la Constitución y esta ley.
CAPÍTULO 17:Responsabilidades fiscales:
Los ordenadores de gasto y cualquier otro funcionario que contraiga a nombre de los órganos oficiales
obligaciones no autorizadas en la ley, o que expidan giros para pagos de las mismas.
Los funcionarios de los órganos que contabilicen obligaciones contraídas contra expresa prohibición o emitan
giros para el pago de las mismas.
El ordenador de gastos que solicite la constitución de reservas para el pago de obligaciones contraídas contra
expresa prohibición legal.
El pagador y el auditor fiscal que efectúen y autoricen pagos, cuando con ellos se violen los preceptos
consagradas en el presente estatuto y en las demás normas que regulan la materia.