Es un gravamen real impuesto sobre un inmueble en beneficio de otro
perteneciente a distinto dueño. Estos se clasifican en predio dominante
y predio sirviente. El contenido de las servidumbres es el beneficio,
provecho o utilidad para el dueño de un predio en relación con el
mismo y la limitación o restricción en el dominio del propietario.
El beneficiado con la servidumbre ejercita su derecho
directo e inmediatamente sobre una cosa para su
aprovechamiento. El gravamen real se constituye sobre el
fondo sirviente y es parte integral del fruto dominante.
Elementos de la servidumbre: Son
derechos reales, son gravámenes
reales, “cargas”, “gravamen real”,
“carga a favor de un predio”
1. Siempre son entre predios
2. Los predios deben pertenecer a
distintos dueños. 3. Se beneficia
al dueño del predio
Tipos de servidumbre
1. Servidumbre 1
a. Servidumbre positiva: El dueño
del predio dominante tiene derecho
de usar el predio sirviente
b. Servidumbre negativa: El dueño
del predio dominante no tiene
derechos sobre el predio sirviente.
c. Servidumbre IN FACIENDO: El titular no
trata de satisfacer una pretensión a
través de un señorio, sino que requiere a
un tercero para poder ejercer el derecho.
2. Servidumbre 2. .
a. Voluntaria: Es la que se
estable en virtud de un
acto jurídico, ejemplo un
contrato o un testamento
b. Establecida por la ley: Es la
que se impone al sirviente de
manera ajena a si voluntad
i. Servidumbre legal de desagüe: No
depende de ningún acto del hombre, sino
de una situación natural de los predios sin
la intervención de la actividad humana.
ii. Servidumbre legal de paso:
puede ser la de abrevadero de
ganado, el paso de andamio o
la de postes de teléfono
iii. Servidumbre legal de acueducto: El que
quiera usar agua, tiene derecho a hacerla pasar
por los fondos intermedios, con obligación de
indemnizar a sus dueños, así como a los predios
inferiores a quienes se les filtre o caigan aguas.
3. Servidumbre 3
a. Servidumbre continua: Son aquellas cuyo uso es o puede
ser incesante sin la intervención de la mano del hombre y
nos referimos a que esta funcione cada vez que sea
necesario, sin la necesidad de un hecho del ser humano.
b. Servidumbre discontinua: Estas son
aquellas que si dependen de la
intervención de la mano del hombre
c. Servidumbre aparente: Son aparentes las que se
anuncian por obras o signos exteriores, dispuestos
para su uso y aprovechamiento.
d. Servidumbre no aparente: Son las que no
presentan signo exterior de su existencia.
4. Combinaciones de servidumbre
a. Servidumbre continua aparente: Es la que basta con su
establecimiento para que al futuro funcione son la necesidad de la
mano del hombre y además hay señales que denotan su existencia
b. Servidumbre continua no aparente: Tampoco requiere de
la mano del hombre para su funcionamiento, pero en este
caso no existen signos externos que denoten su presencia.
c. Servidumbre discontinua aparente: Esta una vez
establecida necesita de la mano del hombre y tiene
signos externos que denuncian si presencia.
d. Servidumbre discontinua no aparente:
Requiere de hechos actuales del ser humano y
no tiene signos que denoten su existencia.
5. Servidumbre ecológica
Es el acuerdo legal en el que 2 propietarios de bienes
inmuebles establecen el tipo de uso que se dará, con el fin
de preservar los atributos naturales, históricos y culturales.