1. Presuncion de inocencia
Debe estar expresamente establecida en sus leyes internas.
Se debe tener cuidado porque esta medida puede transformarse en una sanción y no en una medida cautelar lo que equivale anticipar una sentencia
2. Non-bis-in-idem: No ser Acusado por el mismo delito
3. Nullum crimen sine lege y nulla poena sine lege: no hay pena ni crimen sin ley, como principio de legalidad y de retroactividad Art. 9 de la Convencion americana de derechos humanos.
1. Presuncion de inocencia Debe estar expresamente establecida en sus
leyes internas. Se debe tener cuidado porque esta medida puede
transformarse en una sanción y no en una medida cautelar lo que
equivale anticipar una sentencia 2. Non-bis-in-idem: No ser Acusado por
el mismo delito 3. Nullum crimen sine lege y nulla poena sine lege: no
hay pena ni crimen sin ley, como principio de legalidad y de
retroactividad Art. 9 de la Convencion americana de derechos humanos.
• Derecho a ser oido por un tribunal competente, independiente e imparcial
1. El Requisito de independencia, a su vez requiere que los
tribunales sean autonomos de oras ramas de los gobiernos,
esten libre de influencias, amenazas o interferencias de cualquier
origen o razon 2. La Imparcialidad de los tribunales debe ser
evaluada desde una perspectiva subjetiva y objetiva para
garantizar la inexistencia de un prejuicio real del juez 3. En
principio pueden constituir un tribunal independiente e imparcial
para los efectos del procesamiento de integrantes de las fuerzas
armadas por delitos relacionados con el servicio y disciplina de
los militares, sin embargo no pueden juzgarse violaciones contra
los derechos humanos.
Tribunales Militares
1.En principio pueden constituir un tribunal
independiente e imparcial para los efectos
del procesamiento de integrantes de las
fuerzas armadas por delitos relacionados
con el servicio y disciplina de los militares,
sin embargo no pueden juzgarse violaciones
contra los derechos humanos
Derecho a un Juicio
Justo dentro de un
Plazo Razonable
1. Se ha sostenido que un plazo razonable
abarca todo el proceso en cuestión. 2. Desde
el primer acto del proceso hasta que se dicte
sentencia definitiva 3. Tener un plazo para la
apelación de la sentencia 4. Un sistema
sobrecargado o que no cuente con los
recursos suficientes, no podrá justificar
demoras prolongadas
Derecho a las Debidas
Garantías de un Juicio Justo
1. Notificación previa y detallada de los
cargos que se le imputan. 2. Defenderse
personalmente o mediante asistencia de
abogado de su elección 3. Tiempo y medios
suficientes para preparar su defensa 4.
Derecho a que haya un abogado presente
cuando brinde una declaración o sea objeto
de interrogatorio. 5.Sentencia pública 6. Ante
una decisión desfavorable, debe garantizarse
el derecho de apelar una sentencia.
Juicio Justo, Debido
Proceso y Suspensión
1. En circunstancias que no comportan emergencia, los estados están obligados
a respetar todos los derechos del debido proceso 2. En situación de emergencia
el debido proceso y a un juicio justo deben ser respetados asi como las
garantías judiciales indispensables para la protección de tales
derechos(inderogables) 3. Art. 27 de la Convención Americana, sin embargo la
suspensión es excepcional esas suspensiones deben contar con principios de
necesidad proporcionalidad y no discriminación, tomando en cuenta que las
demoras no pueden ser indefinidas y bajo supervisión judicial para evitar
cualquier demora
Debido Proceso
Garantía instrumental y secundaria
que es una clave de acceso a la tutela
nacional e internacional de los
derechos y a la reclamación sobre
los deberes.
Comunicación del Motivo de la
Detención
Es inexcusable que quien se ve afectado por
la actividad persecutoria del Estado conozca
oportunamente el motivo de ésta, para que
la enfrente adecuadamente a través de actos
de defensa.
Declaración del Inculpado
El inculpado puede guardar silencio, y en
todo caso debe hallarse al tanto de los
motivos del procedimiento y tenga
oportunidad de designar persona que lo
defienda, así como que se pronuncie sin
juramento.
Plazo Razonable
Es la referencia temporal de
enorme importancia para los
actos del proceso y para éste
en su conjunto. Toda persona
tiene derecho a un recurso
sencillo y rápido.
El Derecho a un Juicio Imparcial y a
la Igualdad ante los Tribunales y
Cortes de Justicia
-Se garantizan los principios de igualdad de acceso y de igualdad de medios procesales, asegura
que las partes en cuestión sean tratadas sin discriminación alguna. -El acceso a la administración
de justicia debe garantizarse en todos los casos para asegurar que ninguna persona sea privada de
su derecho de exigir justicia. -No está limitado a los ciudadanos de los Estados parte, sino que
deben gozar de él todas las personas, independientemente de la nacionalidad o de la condición de
apátrida. -Se prohíbe toda distinción relativa al acceso a los tribunales y cortes de justicia que no
esté basada en derecho y que no pueda justificarse con fundamentos objetivos y razonables. -Esta
garantía se infringe si a determinadas personas se les impide entablar una acción contra cualquier
otra persona por razones como raza, sexo, idioma, religión, opinión política, o cualquier otra
condición. -Se alienta a los Estados a proporcionar asistencia letrada gratuita cuando las personas
carezcan de medios
Audiencia Pública con las Debidas Garantías ante
un Tribunal Competente, Independiente e
Imparcial
-El requisito de imparcialidad tiene 2 aspectos: 1) Los jueces no deben permitir que su fallo esté
influenciado por sesgos o prejuicios personales, ni actuar de manera que indebidamente
promueva los intereses de una de las partes. 2) El tribunal deberá parecer imparcial a un
observador razonable. -Las disposiciones del artículo 14 se aplican a todos los tribunales y cortes
de justicia cortes de justicia, sean ordinarias o especializadas, civiles o militares. -Aunque el Pacto
no prohíbe el enjuiciamiento de civiles por tribunales militares, estos deben desarrollarse en
condiciones que permitan la plena aplicación de las garantías previstas en el art. 14. -El
enjuiciamiento de civiles por tribunales militares debe ser excepcional.