Desarrollo Historico de la Contabilidad Gubernamental.
Se advierten cambios significativos desde 1976, con el surgimiento de la Secretaría de Programación y Presupuesto
En el articulo 32 de la entonces vigente Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal, se facultó a la Secretaría de Programación y Presupuesto a emitir o autorizar en
consulta con la Secretaría de la Contraloría General de la Federación, los catálogos de cuentas de la
contabilidad, consolidar los estados financieros que emanen de las Entidades comprendidas en el
Presupuesto de Egresos de la Federación
En 1992 se fusionó por decreto presidencial a la Secretaría de Programación y Presupuesto a la SHCP,
con lo cual las funciones del artículo 32 bis, en cuanto a normatividad subsisten en esta última
secretaria de Estado.
La reforma administrativa instrumentada en los años setenta, provocó que las actividades
relacionadas con la Contabilidad Gubernamental, se centralizaran al reasignarse las actividades que
sobre esta materia realizaba la Contaduría de la Federación, a la Secretaría de Programación y
Presupuesto, donde se creó la Dirección General de Contabilidad Gubernamental
La vigencia de la LPCGPF fue de 30 años, en su capítulo "IV De la Contabilidad" ya se encontraban las
bases de la actual contabilidad Gubernamental
A partir de los años noventa, estando aún en vigor esta ley, se planteo el inicio de una reforma
presupuestaria, que en su primera fase culminó con la promulgación de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria LFPRH en el me de marzo del año 2006
La promulgación de LGCG, se pudo concretizar gracias a la las reformas constitucionales realizadas el
7 de mayo del año de 2008, al artículo 73 fracción XXVIII, que facultaron al Congreso para expedir
leyes en materia de contabilidad gubernamental que regirían la contabilidad pública y la
presentación homogénea de información financiera, de ingresos y egresos, así como patrimonial,
para la Federación, los estados, los municipios, el Distrito Federal y los órganos políticos
administrativos de sus demarcaciones territoriales, con el fin de garantizar su armonización a nivel
nacional.
El Sistema de Contabilidad Gubernamental SCG se fundamenta en el Artículo 73, Fracción XXVIII de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos