Fijar políticas y expedir los reglamentos necesarios para organizar la conservación y el uso adecuado del patrimonio documental de la
nación.
Articulo 1: Edificios de archivo
Los edificios y locales destinados como sedes de archivos deberán cumplir con: Condiciones de edificación, almacenamiento, medio ambiental, de seguridad y de mantenimiento.
Articulo 2: Condiciones generales.
Terrenos sin riesgo de humedad subterranea
Estar situados lejos de insdutrias contaminantes
Espacio suficiente para la documentacion acumulada
Manipulacion, transporte y seguridad en la documentacion
Adecuacion climatica a las normas establecidas
Crecimiento documental de acuerdo a los parametros archivisticos
Articulo 3: Areas de deposito
Diseño acorde con las dimensiones de las unidades que contendra
Los estantes deben ser metalicos
Deberan tener una altura de 2.20 metros
La estanteria no ira recostada sobre los muros
El espacio entre cada modulo es de 70 centimetros
La estanteria debera tener un sistema de identificacion visual
Articulo 4: Condiciones ambientales y tecnicas
Temperatura de 15 a 20 °
Humedad entre 45 y 60%
Material documental: Fotografia
Blanco y negro: Temperatura 15 a 20°
Humedad relativa de 40 a 50%
Color: Temperatura menor a 10°
Articulo 5: El presente acuerdo rige a partir de su publicación