En la Constitución Política del Ecuador promulgada en el 2008,
en el Art. 405, establece que el Sistema Nacional de Áreas
Protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el
mantenimiento de las funciones ecológicas, y su rectoría y
regulación será ejercida por el Estado, quien asignará los
recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera
del sistema, y fomentará la participación de las comunidades,
pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las
áreas protegidas en su administración y gestión.
Las áreas protegidas han sido reconocidas mundialmente como la principal estrategia para la
conservación de la biodiversidad. Al mismo tiempo, las áreas protegidas contribuyen al bienestar
humano y a la reducción de la pobreza, puesto que ayudan a conservar los recursos naturales y a
mantener los servicios ambientales que sustentan la vida de millones de personas.
OBJETIVO: Apoyar la creación y consolidación de áreas protegidas y corredores
de conservación , que aseguren el mantenimiento de los procesos ecológicos y
servicios ambientales y faciliten la adaptación al cambio climático.
IMPORTANCIA PARA LA CONSERVACIÓN
Y EL BIENESTAR HUMANO: Las áreas
protegidas no solo contribuyen a
conservar ecosistemas, especies y
diversidad genética sino que también
proporcionan múltiples servicios
ambientales para las poblaciones rurales
y urbanas, tales como: protección y
regulación de recursos hídricos,
regulación del clima, protección de los
suelos, prevención de desastres naturales,
belleza paisajística y provisión de
atractivos naturales