FORMAS DE ACCESO

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Diana Fernández Ruiz
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FORMAS DE ACCESO
  1. OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO
    1. Necesidades de RRHH con asignación presupuestaria serán objeto de una única oferta de empleo público ANUAL que se elaborará de conformidad con los criterios para el sector público estatal establecidos en la LEY PGE
      1. Las CCAA determinarán en sus respectivos ámbitos territoriales las necesidades de RRHH respecto de los cuerpos de funcionarios al servicio de la Adm de Justicia sobre los que han asumido competencias y lo pondrán en conocimiento del Ministerio de Justicia
        1. El Ministerio de Justicia elaborará LA OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO integrando las necesidades de recursos determinadas por las CCAA con las existentes en el resto del territorio del Estado que no haya sido objeto de traspaso y la presentará al Ministerio de Adm Públicas quien la elevará al Gob para su aprobación
          1. Aprobada la oferta de empleo público el Ministerio de Justicia procederá a la convocatoria de los PROCESOS SELECTIVOS
          2. DISCAPACIDAD, PRINCIPIOS, LENGUA
            1. Se reservará un cupo NO inferior al 7% de las vacantes para ser cubiertas entre PERSONAS CON DISCAPACIDAD siempre que superen las pruebas selectivas y que acrediten el grado de discapacidad y la compatibilidad para el desempeño de las funciones y tareas correspondientes
              1. PRINCIPIOS contenidos art 103.1 CE el personal funcionario de carrera será seleccionado con criterios de objetividad y con arreglos a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad
                1. EL CONTENIDO DEL TEMARIO así como las pruebas a realizar serán únicos para cada cuerpo en todo el territorio del Estado, salvo las pruebas de conocimiento de lengua y del derecho civil y foral o especial propios de las CCAA con competencias asumidas, tendrán carácter optativo en ningún caso eliminatorias. Teniéndose en cuenta la puntuación obtenida conforme al baremo que se establezca, a los solos efectos de adjudicación de destino dentro de la CCAA
                2. CONVOCATORIAS Y BASES
                  1. PRUEBAS SELECTIVAS se convocarán y resolverán por el Ministerio de Justicia que se realizarán de forma territorializada en los distintos ámbitos en los que se hayan agrupado las vacantes. Las convocatorias serán únicas para cada cuerpo, y sus bases
                    1. Las BASES DE LAS CONVOCATORIAS elaboradas por la Comisión de selección de Personal, aprobadas por el Ministerio de Justicia, previa negociación con los organismos sindicales + representativos
                      1. En las CONVOCATORIAS el ministerio de justicia determinará el nº de vacantes y el ámbito territorial por el que se ofertan. Los aspirantes podrán solicitar exclusivamente su participación por uno de los ámbitos territoriales que se expresen en la convocatoria
                        1. En los procesos selectivos serán admitidas las PERSONAS CON DISCAPACIDAD en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, se establecerán las adaptaciones posibles en cuanto a tiempo y medios
                        2. OPOSICIÓN Y CURSO PRÁCTICO
                          1. El acceso a los Cuerpos Generales y Especiales de la Adm de Justicia se efectuará a través de los sistemas y en los término establecidos en el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
                            1. Oposición y concurso-oposición
                            2. Los procesos de selección podrán incluir la realización de un CURSO TEÓRICO-PRÁCTICO o de un periodo de prácticas, que podrán tener carácter selectivo. La calificación obtenida servirá para fijar el orden de prelación. No obstante, si tuviesen carácter selectivo, los aspirantes que no superen el mismo podrán repetirlo en el siguiente al que se incorporarán con la nueva promoción. Si tampoco lo superasen este curso perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera. Durante su realización, los aspirantes tendrán consideración de funcionarios en prácticas
                              1. El curso en practicas podrá desarrollarse en los CENTROS, INSTITUTOS O SERVICIOS DE FORMACIÓN dependientes de las CCAA, o en las OJ ubicadas en el ámbito territorial de las mismas
                                1. Elaboración de los TEMARIOS Y DE LAS BASES se encomendará a una COMISIÓN DE SELECCIÓN de personal y los temarios aprobados por dicha comisión siendo únicos para todo el territorio del Estado
                                  1. 4 del Ministerio de Justicia (Presidendia) - 4 CCAA (vicepresidencia) 8 miembros en total
                                    1. Cuerpos Especiales Comisión de Selección 3 Médicos y 3 Ministerio Justicia
                                  2. TRIBUNALES CALIFICADORES Y ADJUDICACIÓN
                                    1. El desarrollo y calificación de las pruebas selectivas corresponden a los TRIBUNALES CALIFICADORES gozarán de autonomía funcional y responderán de la objetividad del procedimiento y del cumplimiento de las normas contenidas en la convocatoria.
                                      1. Su COMPOSICIÓN estará formada por un nº impar de miembros siendo nombrados por el Ministerio de Justicia. En los tribunales que se constituyan en los territorios de las CCAA con competencias 2 de cada de cada 5 vocales serán propuestos por el organismo competente de dicha comunidad
                                      2. CONCLUIDO EL PROCESO SELECTIVO los aspirantes que lo hubiesen superado, cuyo nº no podrá exceder en nungún caso al de plazas convocadas en cada ámbito y dentro del plazo en el que se establezcan acrediten reunir los requisitos exigidos en las convocatoria. Serán nombrados funcionarios de carrera (20 días naturales) por el organismo competente del Ministerio de Justicia
                                        1. LA ADJUDICACIÓN de puestos de trabajo a los funcionarios de nuevo ingreso se efectuarán de acuerdo con sus peticiones entre los puestos ofertados a los mismos, según el orden obtenido en el proceso selectivo
                                          1. Para ADQUIRIR LA CONDICIÓN de funcionario de carrera se deberá tomar posesión del destino adjudicado en el plazo que reglamentariamente se establezca (20 días naturales)
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