LAJ responderá a la debida FORMACIÓN DE LOS AUTOS
dejando constancia de las resoluciones que dicten los
Tribunales o ellos mismos
Responderán de la CONSERVACIÓN Y CUSTODIA de
los mismos, salvo el tiempo que estuvieran en
poder del Juez o Magistrado Ponente y otros
Magistrados integrantes del Tribunal
Responsables de la LLEVANZA DE LOS LIBROS DE REGISTRO
correspondiendo al Ministerio de Justicia la determinación de los que
han de existir en los Juzgados y Tribunales y el establecimiento de las
normas reguladoras de su llevanza mediante los reglamentos oportunos