LA REFORMA CONSTITUCIONAL

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LA REFORMA CONSTITUCIONAL
  1. Procedimientos de Reforma FRECUENTES
    1. QUORUMS Y MAYORÍAS PARLAMENTARIAS CUALIFICADAS
      1. Practica unanimidad de la doctrina sobre su eficacia para aprobar la reforma constitucional
        1. LOEWESTEIN
          1. Al requerir mayorías parlamentarias cualificadas para aprobar una reforma constitucional no sólo se alcanzará un consenso más amplio entre los partidos elegidos en el Parlamento y entre las fuerzas sociales representadas por ellos, sino que también se concederá a la minoría disidente un veto que puede jugar el papel eficaz de un control intraórgano
          2. En ocasiones se unen algunos requisitos , tales como:
            1. Requerimiento de una convocatoria especial
              1. Exigencia de turnos especiales de discusión
                1. Seguimiento de un trámite parlamentario más pausado para facilitar una reflexión y debates ,más extensos
              2. PARTICIPACIÓN POPULAR
                1. Exigir la disolución de las Cámaras que aprobaron la reforma, celebrar nuevas elecciones y ratificación de la modificación por el Parlamento durante la nueva legislatura
                  1. Referéndum
                    1. Es habitual que las propias Constituciones contemplen su posibilidad
                      1. Goza de prestigio académico y de popularidad entre la gente
                        1. Supone una consulta popular directa
                      2. Procedimiento Reforma en la CE78, (TÍTULO x)
                        1. Ordinario (Art. 167 CE)
                          1. Los proyectos de reforma deberá ser aprobados por mayoría de 3/5 de cada una de las Cámaras
                            1. Votación
                              1. Ninguna de las Cámaras obtiene la mayoría requerida: NO SIGUE EL PROCEDIIENTO
                                1. Si ambas cámaras consiguen la mayoría cualificada: EL PROYECTO SIGUE ADELANTE, CON POSTERIOR MODIFICACIÓN
                                  1. Posición adoptada es diversa: SI NO HUBIERA ACUERDO ENTRE AMBAS , SE INTENTARÁ OBTENERLO MEDIANTE LA CREACIÓN DE UNA COMISIÓN DE COMPOSICIÓN PARITARIA DE DIPUTADOS Y SENADORES QUE PRESENTARÁ UN TEXTO QUE SERÁ VOTADO POR EL CONGRESO Y POR EL SENADO
                                    1. Se requiere mayoría de 3/5 . De no lograrse la aprobación, siempre y cuando haya obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta en el Senado, el Congreso, por mayoría de 2/3, podrá aprobar la reforma
                                  2. Una vez aprobada la Reforma, será sometida a referéndum para su ratificación, cuando así lo soliciten, dentro de los 15 días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras
                                  3. Agravado (Art. 168CE)
                                    1. Área material de aplicación
                                      1. Revisión Total de la Constitución
                                        1. Revisión Parcial que afecte:
                                          1. TÍTULO PRELIMINAR
                                            1. CAPÍTULO 2º, SECCIÓN 1º, TÍTULO I
                                              1. TÍTULO II
                                            2. Procedimiento
                                              1. FASES
                                                1. Aprobación del principio de la reforma por mayoría de 2/3 de cada Cámara y disolución inmediata de las Cortes
                                                  1. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de 2/3 en ambas Cámaras
                                                    1. Una vez aprobada, se celebrará referéndum, preceptivo y vinculante para su ratificación
                                                2. Iniciativa de la Reforma (Art. 166)
                                                  1. Legitimación para iniciativa Art. 87CE
                                                    1. Gobierno
                                                      1. Congreso de los Diputados
                                                        1. Asambleas Legislativas de las CCAA
                                                        2. Límites
                                                          1. Tiempos de Guerra
                                                            1. Estado de Alarma, Sitio o Excepción
                                                      2. LÍMITES DE LA REFORMA
                                                        1. Jellinek
                                                          1. HETERÓNOMOS
                                                            1. Provienen del Derecho estatal como los que tiene que asumir un Estado miembro de un Estado Federal
                                                            2. AUTÓNOMOS
                                                              1. Límites jurídicos que provienen de la propia Constitución
                                                              2. ABSOLUTOS
                                                                1. Cláusulas de intangibilidad
                                                              3. Límites implícitos
                                                                1. Configuración de un sistema político al servicio de los derechos y libertades fundamentales de las personas
                                                                  1. Imperio de la Ley
                                                                    1. Independencia del Poder judicial
                                                                  2. Es un instrumento de adecuación entre realidad política y jurídica, mecanismo de articulación de la continuidad jurídica del Estado y una institución básica de garantía
                                                                    Show full summary Hide full summary

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                                                                    DERECHO CONSTITUCIONAL
                                                                    Juliana Andrea S0665
                                                                    LA DIMENSIÓN AXIOLÓGICA DEL DERECHO CONSTITUCIONAL
                                                                    Milena López Ari
                                                                    CRITERIO CONSTITUCIONAL VENEZOLANO DE LA JURISDICCION
                                                                    fannyliz8622
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