Practica unanimidad de la doctrina sobre su eficacia para aprobar la reforma
constitucional
LOEWESTEIN
Al requerir mayorías parlamentarias cualificadas para aprobar una reforma constitucional no sólo
se alcanzará un consenso más amplio entre los partidos elegidos en el Parlamento y entre las
fuerzas sociales representadas por ellos, sino que también se concederá a la minoría disidente un
veto que puede jugar el papel eficaz de un control intraórgano
En ocasiones se unen algunos requisitos , tales como:
Requerimiento de una convocatoria especial
Exigencia de turnos especiales de discusión
Seguimiento de un trámite parlamentario más pausado para
facilitar una reflexión y debates ,más extensos
PARTICIPACIÓN POPULAR
Exigir la disolución de las Cámaras que aprobaron la reforma, celebrar nuevas elecciones y
ratificación de la modificación por el Parlamento durante la nueva legislatura
Referéndum
Es habitual que las propias Constituciones contemplen su posibilidad
Goza de prestigio académico y de popularidad entre la gente
Supone una consulta popular directa
Procedimiento Reforma en la
CE78, (TÍTULO x)
Ordinario
(Art. 167 CE)
Los proyectos de reforma deberá ser aprobados por mayoría de 3/5
de cada una de las Cámaras
Votación
Ninguna de las Cámaras obtiene la mayoría requerida: NO
SIGUE EL PROCEDIIENTO
Si ambas cámaras consiguen la mayoría cualificada: EL PROYECTO SIGUE
ADELANTE, CON POSTERIOR MODIFICACIÓN
Posición adoptada es diversa: SI NO HUBIERA ACUERDO ENTRE
AMBAS , SE INTENTARÁ OBTENERLO MEDIANTE LA CREACIÓN DE
UNA COMISIÓN DE COMPOSICIÓN PARITARIA DE DIPUTADOS Y
SENADORES QUE PRESENTARÁ UN TEXTO QUE SERÁ VOTADO
POR EL CONGRESO Y POR EL SENADO
Se requiere mayoría de 3/5 . De no lograrse la aprobación, siempre y
cuando haya obtenido el voto favorable de la mayoría absoluta en el
Senado, el Congreso, por mayoría de 2/3, podrá aprobar la reforma
Una vez aprobada la Reforma, será sometida a referéndum para su ratificación,
cuando así lo soliciten, dentro de los 15 días siguientes a su aprobación, una
décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras
Agravado
(Art.
168CE)
Área material de
aplicación
Revisión Total de la Constitución
Revisión Parcial que afecte:
TÍTULO PRELIMINAR
CAPÍTULO 2º, SECCIÓN 1º, TÍTULO I
TÍTULO II
Procedimiento
FASES
Aprobación del principio de la reforma por
mayoría de 2/3 de cada Cámara y disolución inmediata de las Cortes
Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del
nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de 2/3 en ambas
Cámaras
Una vez aprobada, se celebrará referéndum, preceptivo y
vinculante para su ratificación
Iniciativa de la
Reforma (Art. 166)
Legitimación para
iniciativa Art. 87CE
Gobierno
Congreso de los Diputados
Asambleas Legislativas de las CCAA
Límites
Tiempos de Guerra
Estado de Alarma, Sitio o Excepción
LÍMITES DE LA REFORMA
Jellinek
HETERÓNOMOS
Provienen del Derecho estatal como los que tiene que asumir un Estado
miembro de un Estado Federal
AUTÓNOMOS
Límites jurídicos que provienen de la propia Constitución
ABSOLUTOS
Cláusulas de intangibilidad
Límites implícitos
Configuración de un sistema político al servicio de los derechos y libertades
fundamentales de las personas
Imperio de la Ley
Independencia del Poder judicial
Es un instrumento de adecuación entre
realidad política y jurídica, mecanismo de
articulación de la continuidad jurídica del
Estado y una institución básica de garantía