EXPLICA DETALLADAMENTE LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE Y SUS LIBERTADES.
ARTICULO 190
PERIODO Y FORMA EN COMO SE ELIGE EL PRESIDENTE.
ARTICULO 191
PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE DE COLOMBIA SE DEBE SER COLOMBIANO DE NACIMIENTO Y MAYOR DE 30 AÑOS
ARTICULO 192
POSESIÓN Y JURAMENTO DEL PRESIDENTE
ARTICULO 193
LICENCIAS TEMPORALES DEL CONGRESO AL PRESIDENTE POR FALTA TEMPORAL A SU CARGO
ARTICULO 194
FALTAS ABSOLUTAS DEL PRESIDENTE
ARTICULO 195
EL ENCARGADO DEL EJECUTIVO TENDRÁ LA MISMA PERMANENCIA Y ATRIBUCIONES QUE EL PRESIDENTE
ARTICULO 196
EL PRESIDENTE NO PODRÁ SALIR DEL PAÍS SIN PREVIO AVISO
ARTICULO 197
PAUTAS SOBRE QUIEN NO PUDE SER PRESIDENTE
ARTICULO 198
EL PRESIDENTE ES RESPONSABLE DE SUS ACTOS
ARTICULO 199
EL PRESIDENTE NO PODRÁ SER ACUSADO POR DELITOS
ARTICULO 203
ARTICULO 204
PARA SER ELEGIDO VICEPRESIDENTE SE REQUIERE LAS MISMAS CALIDADES PARA SER PRESIDENTE
ARTICULO 205
SI FALTA EL VICEPRESIDENTE EL CONGRESO SE REUNIRÁ PARA ELEGIRLO O EL PRESIDENTE BUSCARA REEPLAZO
OTROS
ART.1, DECRETO 795/1997
DECRETO 3443/2010
CONSEJOS
CONSEJOS DE SEGUNDO NIVEL
-COFIS
-CONSEJO MACROECONOMICO
-CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
-CONSEJO NACIONAL DE ESTUPERFACIENTES
-ENTRE OTROS
ART. 2, DECRETO 188/2004).
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ECONOMÍA SOLIDARIA
ART. 2, DECRETO 1798/2003)
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE ECONOMÍA SOLIDARIA
ART. 4,DECRETO 4155/2011)
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL.
SUPERINTENDENCIAS
ART. 12, DECRETO 2163/2011)
DECRETO 2355/2006
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
FUNCIONES
REGLAMENTACIÓN Y AUTORIZACIÓN
ASESORÍA Y COORDINACIÓN
INFORMACION
INSTRUCCIÓN
VIGILANCIA E INSPECCIÓN
INVESTIGACIÓN
SANCIÓN
TRAMITES
MINISTRO DE INTERIOR
PLANIFICAR, PROGRAMAS Y PROYECTOS EN MATERIAS DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIOS
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
EVALUAR POLÍTICA EXTERIOR DE COLOMBIA, ADMINISTRAR EL SERVICIO EXTERIOR DE LA REPÚBLICA Y LAS RELACIONES INTERNACIONALES
MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
POLÍTICAS ECONÓMICAS DEL PAÍS.
MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHO
ORDENAMIENTO JURÍDICO, DEFENSA Y SEGURIDAD JUDICIAL, ACCESO A LA JUSTICIA FORMAL Y ALTERNATIVA.
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
CONTROL Y EVALUACIÓN DE ORGANISMOS DE DEFENSA, JEFE SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y DESARROLLO RURAL.
MINISTRO DE SALUD
EVALUAR, DESARROLLAR POLÍTICAS DE DESARROLLO EN SALUD PÚBLICA
MINISTRO DE TRABAJO
PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DEL TRABAJO Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA
DISTRIBUCIÓN DE MINAS, HIDROCARBUROS Y BIOCOMBUSTIBLES.
MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
DESARROLLAR COMPETENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES PARA LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL E INCENTIVACIÓN DEL TURISMO
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DOTAR AL SECTOR EDUCATIVO DE UN SERVICIO DE CALIDAD CON ACCESO EQUITATIVO Y CON PERMANENCIA EN EL SISTEMA
MINISTRO DE AMBIENTE
PROTEGER EL AMBIENTE
MINISTRO VIVIENDA
PLANES EN DESARROLLO TERRITORIAL Y URBANO DEL PAÍS.
MINISTERIO DE LAS T.I.C.
DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LAS COMUNICACIONES
MINISTRO DE TRANSPORTE
FORMULACIÓN DE POLÍTICAS EN TRANSITO Y TRANSPORTE
MINISTRO DE CULTURA
PROTEGER, REHABILITAR Y PROMULGAR EL PATRIMONIO CULTURAL, INCENTIVAR LA CULTURA
ESTUDIAR, PROPONER E IMPLEMENTAR PROCESOS DE MODERNIZACIÓN EN FORMA PERMANENTE DENTRO DE LA INSTITUCIÓN LEGISLATIVA. ENTRE OTROS.
COMISIÓN DE VIGILANCIA Y ORGANISMOS DE CONTROL
COMISIÓN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AL ORGANISMO ELECTORAL
COMISIONES INTERPARLAMENTARIAS. FUNCIONES: ART. 65 DE LA LEY 5 DE 1992
INFORMES SOBRE CRÉDITOS EXTERNOS
OBSTACULOS DEL GOBIERNO CON LA DEUDA EXTERIOR
COMISIONES ACCIDENTALES. FUNCIÓN: ART. 66 DE LA LEY 5 DE 1992
PARA EL MEJOR DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA Y LEGISLATIVA, LOS PRESIDENTES Y LAS MESAS DIRECTIVAS DE LA CAMARA Y SUS COMISIONES PERMANENTES PODRÁN DESIGNAR COMISIONES ACCIDENTALES PARA QUE CUMPLAN FUNCIONES Y MISIONES ESPECIFICAS
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. FUNCIÓN: ART. 34 DE LA LEY 40 1993
SUPERVISAR LAS POLÍTICAS GUBERNAMENTALES Y JUDICIALES CONTRA EL SECUESTRO ASÍ COMO EL COMPORTAMIENTO DE AUTORIDADES Y JUECES
POLÍTICA INTERNACIONAL, DEFENSA NACIONAL Y FUERZA PÚBLICA; TRATADOS PÚBLICOS; CARRERA DIPLOMATICA; ETC.
COMISIÓN TERCERA: HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (15 MIEMBROS)
CRÉDITO PÚBLICO,
IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES, EXTENCIONES TRIBUTARIAS, ETC.
COMISIÓN CUARTA:PRESUPUESTO (15 MIEMBROS)
LEYES ORGANICAS DE PRESUPUESTO, SISTEMA DE CONTROL FISCAL FINANCIERO, ETC.
COMISIÓN QUINTA: ASUNTOS AGROPECUARIOS, DEL MAR, Y DEL MEDIO AMBIENTE.
RÉGIMEN AGROPECUARIO, ECOLOGÍA, MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES.
COMISIÓN SEXTA: ASUNTOS DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACONES
TARIFAS, CALAMIDADES PÚBLICAS, FUNCIONES PÚBLICAS Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN SEPTIMA: (14 MIEMBROS).
ESTATUTO DEL SERVIDOR PÚBLICO Y TRABAJADOR PARTICULAR , RÉGIMEN SALARIAL ETC.
ART. 174
CONOCER LAS ACUSACIONES QUE FORMULE LA CAMARA DE REPRESENTANTES
ART, 134
LOS PUESTOS NO OCUPADOS SERÁN OTORGADOS POR LOS MIEMBROS NO ELEGIDOS SEGÚN EL ORDEN DE INSCRIPCIÓN
ART. 135
FACULTADES DE CADA CAMARA
ART. 136
PROHIBICIONES DEL CONGRESO
ART. 137
CUALQUIER COMISIÓN PERMANENTE PODRÁ SER REEMPLAZADA POR CUALQUIER PERSONA NATURAL O JURIDICA
ALUMNOS: NICOLÁS ROJAS RAMÍREZ Y MARCO CASTIBLANCO
BIBLIOGRAFIA
BOTERO, CATALINA. (2013). ORGANIGRAMA DEL ESTADO COLOMBIANO. BOGOTÁ: DEPARTAMENTO DE CIENCIA POLÍTICA. FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, UNIVERSIDAD EL BOSQUE. https://c-politica.uniandes.edu.co/oec/index.php?ac=re
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. (1991). BOGOTÁ, COLOMBIA.
JURISDICCIÓN DE LO CONTENSIONSO ADMINISTRATIVO
JURISDICCIÓN DISIPLINAR
JURISDICCIÓN ORDINARIA
DEFINICIÓN Y ORGANIGRAMA (CONST. 1991, ART 228-230)
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
JURISDICCIÓN ESPECIAL
FISCALIA GENERAL DE LA NCAIÓN
RAMA JUDICIAL
ES LA ENCARGADA DE ADMINISTRAR LA JUSTICIA EN EL ESTADO COLOMBIANO
ARTICULO 228
LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA ES FUNCIÓN PÚBLICA. SUS DECISIONES SON INDEPENDIENTES. LAS ACTUACIONES SERÁN PÚBLICAS Y PERMANENTES CON LAS EXCEPCIONES DE LA LEY
ARTICULO 229
SE GARANTIZA A TODA PERSONA A ACCEDER A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LA LEY DETERMINARA
ARTICULO 230
LOS JUECES, EN SUS PROVIDENCIAS, SOLO ESTÁN SOMETIDOS AL IMPERIO DE LA LEY
CARACTERISTICAS Y FORMAS DE ELECCIÓN DE LOS MAGISTRADOS DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA (CONST. 1991, ART, 231-233 Y 239
LOS MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE ESTADO SERÁN NOMBRADOS POR LAS RESPECTIVAS CORPORACIONES, DE LISTAS ENVIADAS POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. ARTICULO 231
PARA SER MAGISTRADO SE DEBE SER COLOMBIANO DE NACIMIENTO, SER ABOGADO, NO HABER SIDO CONDENADO. ARTICULO 232
LOS MAGISTRADOS SERAN ELEGIDOS PARA PERIODOS DE OCHO AÑOS INDIVIDUALMENTE, NO PODRAN SER REELEGIDOS. ARTICULO 233
LA CORTE CONSTITUCIONAL TENDRÁ TENDRÁ EL NUMERO IMPAR DE MIEMBROS QUE DETERMINE LA LEY.
TODOS LOS JUECES QUE HACEN PARTE DE ESTA JURISDICCION ESTAN LLAMADOS A DIRIMIS LOS CONFLICTOS Y DECIDIR CCCONTROVERSIAS ENTRE PARTICULARES A PARTIR DEL DERECHO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. (CONST. 1991, ART, 234)
ES EL MAXIMO TRIBUNAL DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA Y SE COMPONDRA DE NUMERO IMPAR QUE DETERMINE LA LEY.
FUNCIONES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (CONST. 1991, ART, 235)
ACTUAR COMO TRIBUNAL DE CASACIÓN
JUSGAR AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
INVESTIGAR Y JUSGAR A LOS MIENBROS DEL CONGRESO
DAR SU PROPIO REGLAMENTO
SALA PLENA
ELEGIR LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES SEGÚN LA LEY.
SALA DE GOBIERNO
ESTARA INTEGRADA POR EL PRESIDENTE Y EL VISEPRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y LOS PRESIDENTES DE CADA UNA DE LAS SALAS ESPECIALIZADAS
SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
ACTURAN SEGÚN SU CASACIÓN PARA SELECCIONAR LAS SENTENCIAS PARA LOS FINES DE UNIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
PROTECCIÓNDE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES, Y CONTROL DE LEGALIDAD DE LOS FALLOS
SALA DE CASACIÓN PENAL
ACTUARAN SEGÚN SU ESPECIALIDAD COMO TRIBUNAL.
ENCARGADA DE ADMINISTRAR EL PRESUPUESTO, LA ORGANIZACIÓN Y DISCIPLINADE LA RAMA JUDICIAL COLOMBIANA
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
CONST. 1991, ARTS. 254-255;ART. 76 DE LA LEY 270 1996
SALA ADMINISTRATIVA:INTEGRADA POR SEIS MAGISTRADOS.
SALA JURISDICCIONAL DISIPLINAR: INTEGRADA POR SIETE MAGISTRADOS
ARTICULO 254. EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA SE DIVIDE EN DOS SALAS.
ARTICULO 255.
PARA SER MIEMBRO SE REQUIERE SER COLOMBIANO POR NACIMIENTO, MAYOR DE 35 AÑOS,, SER ABOGADO.
ARTICULO 256-257
ADMINISTRAR CARRERA JUDICIAL, ELABORAR LISTAS DE CANDIDATOS, SANCIONAR FUNCIONARIOS JUDICIALES, ELAVORAR EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA RAMA JUDICIAL.
FIJAR LA DIVISIÓN DEL TERRITORIO PARA EFECTOS JUDICIALES, CREAR CARGOS EN LA ADMINISTRACIÓN JUDICIAL, PROPONER PROYECTOS DE LEY RELATIVOS A SUS FUNCIONES
LOS JUECES ESTAN LLAMADOS A SOLUCIONAR CONFLICTOS ENTRE PARTICULARES Y EL ESTADO, O LOS CONFLICTOS QUE SE PRESENTEN AL INTERIOR DEL ESTADO.
CONSEJO DE ESTADO
MAXIMO ORGANO DE JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RESULEVE EN ULTIMA INSTANCIA PROBLEMAS ENTRE ESTADO Y PARTICULARES
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE ESTADO
5 CANDIDATOS, 3 SALAS 4 MAGISTADOS,
SALA PLENA
ELEGIR LOS CONSEJEROS PARA PROVEER LOS NUEVOS CARGOS, INTEGRAR LAS COMISIONES QUE DEBA INTEGRAR, EJERCER LAS FUSIONES QUE SE ESCRIBAN EN LA CONSTITUCIÓN
SALA DE LO CONTENSIOSOS ADMINISTRATIVO
ESTA INTEGRADA POR 7 CONSEJEROS
SALA DE CONSULTA Y SERVICIO
PREPARAR LOS CONOCIMIENTOS DE LEY CON CONOCIMENTO DEL GOBIERNO NACIONAL, BERIFICAR SI LOS CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA CUMPLEN LOS REQUISITOS
VELA POR LA SUPREMACIA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EL ESTADO DE DERECHO EN TODO LE TERRITORIO NACIONAL.
CORTE CONSTITUCIONAL.COST,1991. ART
TENDRA EL NUMERO IMPAR DE MIEMBROS.
DECIDE SOBRE LAS DEMANDAS DE INCOSTITUCIONALIDAD QUE PROMUEVEN LOS CUIDADANOS.
DECIDE SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE ALGUNOS DECRETOS.
DECIDIR SOBRE LA EXIQUIBILIDAD DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
LOS FALLOS QUE LA CORTE DICTE EN EJERCICIO DEL CONTROL JURISDICCIONAL HACEN TRANSITO A COSA JUZGADA
INTEGRACIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
CONFORMADA POR 9 MAGISTRADOS, TERNAS CON ABOGADOS, FALTAS POR TERNA PRESENTA OTRA.
BRINDAR A LOS CUIDADANOS UNA CUMPLIDA Y EFICAZ ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
INVESTIGAR DELITOS DENTRO DEL PAIS, DECLARAR NULAS O NO LAS INVESTIGACIONES, VELAR POR LA PROTECCIÓN DE LAS VICTIMIAS O TESTIGOS DE UN CASO, CUMPLIS CON LO QUE DICTA LA LEY.
DESPACHO DEL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN
1 1.1. Unidad de FiscalÍa Delegada ante la Corte Suprema de Justicia
1.1.2. DirecciÓn de Asuntos Internacionales
1.1.3. Oficina de PlaneaciÓn
1.1.4. Oficina JurÓdica
1.1.5. Oficina de Control Interno
1.1.6. Oficina de ProtecciOn y Asistencia
1.1.7. Oficina de VeedurÍa y Control Disciplinario Interno
1.1.8. Oficina de DivulgaciÓn y Prensa
1.1.9. Oficina de InformAtica
1.2. Despacho del Vicefiscal General de la NaciÓn
1.3. Despacho del Secretario General
1.3.1. Oficina de Personal
1.3.2. Escuela de Estudios e Investigaciones Criminal sticas y Ciencias Forenses
1.4. DirecciÓn Nacional de FiscalEas
1. 4.1. Direcciones Seccionales de FiscalEas
1.5. DirecciÓn Nacional del Cuerpo TEcnico de InvestigaciÓn
1.5.1. Direcciones Seccionales del Cuerpo TEcnico de InvestigaciÓn
1.6. DirecciÓn Nacional Administrativa y Financiera
1.6.1 Direcciones Seccionales Administrativas y Financieras
1.7 Entidades Adscritas
1.7.1 Establecimiento PÚblico-Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
JURISDICCIÓN INDIGENA, DONDE AUTORIZA LA CREACCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUECES DE PAZ AL INTERIOR NACIONAL, PARA RESOLVER CONFLICTOS A PARTIR DE CRITERIOS DE EQUIDAD, Y CARACTERISTICAS ESPECIALES.
JUECES INDIGENAS
LAS JURISDICCIONES DE LOS PUEBLOS INDIGENAS PODRAN EJERCER FUNSIONES JURISDICCIONALES AL INTERIOR DE SU AMBITO TERRITORIAL
JUECES DE PAZ
CREAR JUECES DE PAZ ENCARGADOS DE RESOLVER EN EQUIDAD CONFLICTOS INDIVIDUALES Y COMUNITARIOS.
PROCURADURIA GENERAL
MINISTERIO PUBLICO
ORGANISMOS DE CONTROL
ORGANISMOS DE CONTROL DEL ESTADO
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
DEFENSORIA DEL PUEBLO
CARTA POLÍTICA DE 1991 (ART.117-119 Y TITULO X).
SE CONSIDERA QUE LOS ORGANISMOS DE CONTROL SON EL MINISTERIO PUBLICO, CUYO NOMBRE MÁS FAMILIARES EL PROCURADOR GENERAL DE LA, LA DEFENSORIA DEL PUEBLO, Y LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ART 267.
EL CONTROL FISCAL ES UNA FUNCIÓN PUBLICA, VIGILA LE GESTIÓN FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN O ENTIDADES QUE MANEJEN FONDOS NACIONALES, VIGILANCIAS A EMPRESAS PRIVADAS , ETC,
OBJETIVO PRIMORDIAL
EJERCER EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD LA VIGILANCIA DE LA GESTIÓN FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN Y DE LOS PARTICULARES O ENTIDADES QUE MANEJEN FONDOS O BIENES DE LA NACIÓN.
DECRETO 267/2000. ART. 267)
CUMPLIR CABAL Y EFICAZMENTE LAS FUNCIONES ASIGNADAS POR LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD, VIGILANCIA A LA ADMINISTRACIÓN FISCAL.
PRINCIPIOS
ACTUACIÓN EN DEFENSA DEL BUEN USO DE LOS RECURSOS PUBLICOS, ESFUERZO AL EJERCICIO DE CONTROL FISCAL, APOYA LA CULTURA DE LA ÉTICA PUBLICA, ESTIMULAR EL CRECIMIENTO DEL TALENTO HUMANO.
REQUISITOS
ES SER ELEGIDO POR EL CONGRESO EN PLENO, COLOMBIANO DE NACIMIENTO MAYOR DE 35 AÑOS, NO PODRA SER MIEMBRO QUIEN HAYA OCUPADO PUESTOS EN EL CONGRESO
ES LA INSTITUCIÓN QUE REPRESENTA A LOS CUIDADANOS ANTE EL ESTADO. ES EL MAXIMO ORGANISMO DEL MINISTERIO PUBLICO
PRINCIPAL RESPONSABLE DE LA PROCURADURIA QUE ESTE EMPEÑADA EN PREVENIR ANTES QUE SANCIONAR, VIGILAR EL ACTUAR DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. FUNCIÓN PREVENTIVA
INTERVIENE ANTE LAS JURISDICCIONES CONTENCIOSO ASMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL T ANTE LAS LAS DIFERENTES INSTANCIAS DE LA JURISDICCIÓN PENAL.FUNCIÓN DE INTERVENCIÓN
FUNCIONES
QUE ESTE EMPEÑADA EN PREVENIR ANTES QUE SANCIONAR, ADVERTIR CUANDO EL ECHO SEA VIOLATORIO DE LAS NORMAS VIGENTES. FUNCIÓN PREVENTIVA
INTERCEDE EN LAS JURISDICCIONES CONTENCIOSAS ADMINISTRATIVAS, Y JURISDICCIONES, MILITAR, CIVIL, AMBIENTAL, Y AGRARIA. FUNCIÓN DE INTERVENCIÓN.
ES LA ENCARGADA DE INICIAR, FALLAR Y ADELANTAR, LAS INVESTIGACIONES QUE POR FALTAS DISIPLINARIAS SE ADELANTES CONTRA LOS SERVIDORES PUBLICOS Y PARTICULARES. FUNCIÓN DISIPLINAR.
INICIAR O FALLAR EN LAS SANCIONES QUE SE LLEVEN POR FALTAS COMETIDAS POR PUBLICOS Y PRIVADOS. FUNCIÓN
PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN: SUPREMO DICTADOR DEL MINISTERIO PUBLICO.
ELEGIDO POR EL SENADO
VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN
PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS
DEFENDER LOS INTERESE DE LA SOCIEDAD
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA PROCURADURIA
DECRETO 262 DE 2000, TITULO II, ART. 2
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION TIENE UNA ESTRUCTURA.
ART, 275: DEFINE EL CARACTER DEL MINISTERIO PUBLICO.
ART, 144: SE LE DA LA FUNCIÓN A PROCURADORES DEL CONTROL DE LAS FUNCIONES DE LOS FUINCIONARIOS PUBLICOS
LEY 1990.
ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA NACIÓN
LEY 201 DE 1995 (AGOSTO 2)
ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
INSTITUTO DE ESTUDIO EN EL MINISTERIO PUBLICO
ASESORAR AL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, REALIZAR ESTUDIOS CONTRA LA LUCHA DE LA CORRUPCIÓN,ORGANIZAR ACTIVIDADES DE ORGANIZACIÓN
ART. 267.
VIGILA LA GESTIÓN FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN EN FUNCIONARIOS O ENTIDADES QUE MANEJEN BIENES NACIONALES.
VIGILANCIA DE LA GESTIÓN FISCAL DEL ESTADO EXIGE UN CONTROL FINANCIERO, DE GESTIÓN Y RESULTADOS
EJERCE SUS FUNCIONES BAJO EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION Y LE CORRESPNDE VELAR POR EL EJERCICIO DE LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
FUNCIONES
OBJETIVO PRIMORDIAL
EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD LA VIGILANCIA DE RECURSOS NACIONALES LLEVADO POR PARTICULARES O PRIVADOS, EVALUAR LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR DIFERENTES ENTIDADES.
DISEÑAR Y ADOPTAR CON EL PROCURADOR POLÍTICAS DE PROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN LOS DERECHOS HUMANOS EN EL PAÍS.
DIRIGIR Y COORDINAR LAS LABORES DE LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS QUE CONFORMAN LA DEFENSORIA DEL PUEBLO.
APREMIAR A LAS ORGANIZACIONES PRIVADAS PARA QUE SE ABSTENGAN DE DESCONOCER UN DERECHO.
ART. 267
EJERCER REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD DEL PATRIMONIO PUBLICO, RECURSOS NATURALES, MEDIO AMBIENTE, CULTURA, ETC.
MISIÓN DE LA DEFENSORIA
ES LA INSTITUCIÓN COLOMBIANA RESPONSABLE DE IMPULSAR LA EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ARCO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO, DEMOCRATICO, PARTICIPATIVO, Y PLURALISTA
VISIÓN
RECONOCIDA POR EL IMPULSO A LA REALIZACIÓN EFECTIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS,EN SI INCIDENCIA EN LA FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PUBLICAS.
MISIÓN
CONTRIBUIR A UNA GENERACIÓN DE CULTURA DE CONTROL FISCAL
PRINCIPIOS
ACTUACIONES EN DEFENSA DE DEL BUEN USO DE LOS RECURSOS PUBLICOS, EJERCICIO DE CONTROL FISCAL, CRECIMIENTO DEL TALENTO HUMANO, MEJORA LA GESTIÓN PUBLICA
LINEA DEFENSORA DEL PUEBLO
COMPUESTO POR EL SISTEMA DE DEFENSORIA NACIONAL, TERRITORIAL,ESTUDIANTES,
REQUISITO PARA SER ELEGIDO Y FUNCIONES
SER COLOMBIANO DE NACIMIENTO, ABOGADO, MAYOR DE 35 AÑOS, CONDENAS POR DELITOS COMUNES
PRESCRIBIR LOS METODOS Y LA FORMAD ERENDIR CUENTAS LOS RESPONSABLES DEL MANEJOS DE FONDOS
LLEVAR UN REJISTRO DE LA DEUDA EXTERNA DEL PAÍS
ESTABLECER RESPONSABILIDAD QUE SE DERIBE DEL CONTROL FISCAL
PROYECTOS DELEY DE CONTROL FISCAL
RAMA EJECUTIVA
PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
VICEPRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
FUNCIONES DEL PRESIDENTE (CONST. 1991, ARTS. 188 - 199).
EL PRESIDENTE SIMBOLIZA LA UNIDAD NACIONAL, JURA EL CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN, GARANTIZAR DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS COLOMBIANOS
ARTICULO 188
ARTICULO 189
EXPLICA DETALLADAMENTE LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE Y SUS LIBERTADES.
ARTICULO 190
PERIODO Y FORMA EN COMO SE ELIGE EL PRESIDENTE.
ARTICULO 191
PARA SER ELEGIDO PRESIDENTE DE COLOMBIA SE DEBE SER COLOMBIANO DE NACIMIENTO Y MAYOR DE 30 AÑOS
ARTICULO 192
POSESIÓN Y JURAMENTO DEL PRESIDENTE
ARTICULO 193
LICENCIAS TEMPORALES DEL CONGRESO AL PRESIDENTE POR FALTA TEMPORAL A SU CARGO
ARTICULO 194
FALTAS ABSOLUTAS DEL PRESIDENTE
ARTICULO 195
EL ENCARGADO DEL EJECUTIVO TENDRÁ LA MISMA PERMANENCIA Y ATRIBUCIONES QUE EL PRESIDENTE
ARTICULO 196
EL PRESIDENTE NO PODRÁ SALIR DEL PAÍS SIN PREVIO AVISO
ARTICULO 197
PAUTAS SOBRE QUIEN NO PUDE SER PRESIDENTE
ARTICULO 198
EL PRESIDENTE ES RESPONSABLE DE SUS ACTOS
ARTICULO 199
EL PRESIDENTE NO PODRÁ SER ACUSADO POR DELITOS
FUNCIONES DEL VICEPRESIDENTE (CONST. 1991, ARTS. 202-205).
ARTICULO 202
EL VICEPRESIDENTE AL IGUAL QUE EL PRESIDENTE SUBIRÁ POR VOTACIÓN POPULAR, SE CASTIGARA IGUAL QUE EL PRESIDENTE.
ARTICULO 203
A FALTA DEL VICEPRESIDENTE QUE ESTA EJERCIENDO LA VICEPRESIDENCIA, LA EJERCERÁ UN MINISTRO
ARTICULO 204
PARA SER ELEGIDO VICEPRESIDENTE SE REQUIERE LAS MISMAS CALIDADES PARA SER PRESIDENTE
ARTICULO 205
SI FALTA EL VICEPRESIDENTE EL CONGRESO SE REUNIRÁ PARA ELEGIRLO O EL PRESIDENTE BUSCARA REEPLAZO
OTROS
ART.1, DECRETO 795/1997
DECRETO 3443/2010
CONSEJOS SUPERIORES DE LA ADMINISTRACIÓN
CONSEJOS ENCARGADOS DE DEFINIR POLÍTICAS PÚBLICAS A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN, DONDE COORDINAN Y DIRIGEN LA ACCIÓN GUBERNAMENTAL.
CONSEJOS
CONSEJOS DE PRIMER NIVEL: CONSEJOS DE MINISTROS (LEY 631923, ART. 3)
CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y SOCIAL (DECRETO-LEY 627 DE 1974, ART. 2)
CONSEJO SUPERIOR DE COMERCIO EXTERIOR (DECRETO 1159 DE 1999, ART 23)
CONSEJO SUPERIOR DE SEGURIDAD Y DEFENSA NACIONAL (DECRETO 2134 DE 1992, ART 25)
CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA Y SEGURIDAD CIUDADANA (LEY 62 DE 1993, ART 14)
CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (LEY 585 DE 1991, DEROGADO POR EL ART, 35 DE LA LEY 1286 DE 2009
CONSEJO NACIONAL DE COMPETITIVIDAD (DECRETO 2828/2006, ART. 8)
CONSEJO NACIONAL DE PLANEACIÓN
CONSEJOS DE SEGUNDO NIVEL
-COFIS
-CONSEJO MACROECONOMICO
-CONSEJO NACIONAL DE EDUCACIÓN SUPERIOR.
-CONSEJO NACIONAL DE ESTUPERFACIENTES
-ENTRE OTROS
DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS
DESPACHO DE MINISTROS, REQUISITOS Y DEMÁS. ARTÍCULOS 206- 208.
DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN (DECRETO 3517/2009).
ARTICULO 4
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE PLANEACIÓN CON RELACIONES AL CONSEJO NACIONAL DE POLÍTICA ECONÓMICA T SOCIAL,
ART. 2, DECRETO 188/2004).
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PÚBLICA.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE ECONOMÍA SOLIDARIA
ART. 2, DECRETO 1798/2003)
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL DE ECONOMÍA SOLIDARIA
ART. 4,DECRETO 4155/2011)
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO NACIONAL PARA LA PROSPERIDAD SOCIAL.
SUPERINTENDENCIAS
FUNCIONES DE LAS SUPERINTENDENCIAS (ART. 66, LEY 489/1998).
SON ORGANISMOS DE LEY CON AUTONOMÍA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA , FUNCIONES DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA CON PREVIA AUTORIZACIÓN DEL PRESIDENTE.
ART. 12, DECRETO 2163/2011)
SUPERINTENDENCIA DE NOTARIADO Y REGISTRO
PRESTACIÓN DE SERVICIO DE TRANSPARENCIA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÍBLICOS
SUPERINTENDENCIA FINANCIERA
SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA SOLIDARIA
DECRETO 2355/2006
SUPERINTENDENCIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA
FUNCIONES
REGLAMENTACIÓN Y AUTORIZACIÓN
ASESORÍA Y COORDINACIÓN
INFORMACION
INSTRUCCIÓN
VIGILANCIA E INSPECCIÓN
INVESTIGACIÓN
SANCIÓN
TRAMITES
MINISTERIOS
ART. 206-208
LOS MINISTROS Y LOS DIRECTIVOS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS , SON LOS JEFES DE LA ADMINISTRACIÓN EN SU RESPECTIVA DEPENDENCIA
LEY 489/1998 ART. 59. FUNCIONES DE LOS MINISTROS
PREPARAR PROYECTOS DE LEY
FORMULACIÓN DE POLÍTICAS DE PROYECTO
PREPARACIONES DE PLANEACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS
ORGANIZAR Y COORDINAREL COMITE SECTORIAL DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO CORRESPONDIENTE
MINISTRO DE INTERIOR
PLANIFICAR, PROGRAMAS Y PROYECTOS EN MATERIAS DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIOS
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
EVALUAR POLÍTICA EXTERIOR DE COLOMBIA, ADMINISTRAR EL SERVICIO EXTERIOR DE LA REPÚBLICA Y LAS RELACIONES INTERNACIONALES
MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
POLÍTICAS ECONÓMICAS DEL PAÍS.
MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHO
ORDENAMIENTO JURÍDICO, DEFENSA Y SEGURIDAD JUDICIAL, ACCESO A LA JUSTICIA FORMAL Y ALTERNATIVA.
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
CONTROL Y EVALUACIÓN DE ORGANISMOS DE DEFENSA, JEFE SUPREMO DE LAS FUERZAS ARMADAS.
MINISTRO DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL
SECTOR AGROPECUARIO, PESQUERO Y DESARROLLO RURAL.
MINISTRO DE SALUD
EVALUAR, DESARROLLAR POLÍTICAS DE DESARROLLO EN SALUD PÚBLICA
MINISTRO DE TRABAJO
PROGRAMAS PARA EL DESARROLLO DEL TRABAJO Y PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
MINISTRO DE MINAS Y ENERGÍA
DISTRIBUCIÓN DE MINAS, HIDROCARBUROS Y BIOCOMBUSTIBLES.
MINISTRO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO
DESARROLLAR COMPETENCIAS ECONÓMICAS Y SOCIALES PARA LA COMPETITIVIDAD INDUSTRIAL, COMERCIAL E INCENTIVACIÓN DEL TURISMO
MINISTRO DE EDUCACIÓN
DOTAR AL SECTOR EDUCATIVO DE UN SERVICIO DE CALIDAD CON ACCESO EQUITATIVO Y CON PERMANENCIA EN EL SISTEMA
MINISTRO DE AMBIENTE
PROTEGER EL AMBIENTE
MINISTRO VIVIENDA
PLANES EN DESARROLLO TERRITORIAL Y URBANO DEL PAÍS.
MINISTERIO DE LAS T.I.C.
DESARROLLO Y FORTALECIMIENTO DE LAS COMUNICACIONES
MINISTRO DE TRANSPORTE
FORMULACIÓN DE POLÍTICAS EN TRANSITO Y TRANSPORTE
MINISTRO DE CULTURA
PROTEGER, REHABILITAR Y PROMULGAR EL PATRIMONIO CULTURAL, INCENTIVAR LA CULTURA
COMISIONES CONJUNTAS
COMISIONES LEGALES
CAMARA DE REPRESENTANTES
SENADO DE LA REPÚBLICA
COMISIONES CONSTITUCIONALES PERMANENTES
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
RAMA LEGISLATIVA
COMISIONES ESPECIALES
FUNCIÓN: ART. 62 DE LA LEY 5 DE 1992.
LAS PUEDEN CREAR SENADORES O REPRESENTANTES DE TÉRMINOS NACIONAL O INTERNACIONAL.
COMISIÓN DE VIGILANCIA DE PROCESOS DE DESCENTRALIZACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL.
COMISIÓN DE MODERNIZACIÓN.
FUNCIONES: ART 5 DE LA LEY 1147 DE 2007
ESTUDIAR, PROPONER E IMPLEMENTAR PROCESOS DE MODERNIZACIÓN EN FORMA PERMANENTE DENTRO DE LA INSTITUCIÓN LEGISLATIVA. ENTRE OTROS.
COMISIÓN DE VIGILANCIA Y ORGANISMOS DE CONTROL
COMISIÓN DE VIGILANCIA Y SEGUIMIENTO AL ORGANISMO ELECTORAL
COMISIONES INTERPARLAMENTARIAS. FUNCIONES: ART. 65 DE LA LEY 5 DE 1992
INFORMES SOBRE CRÉDITOS EXTERNOS
OBSTACULOS DEL GOBIERNO CON LA DEUDA EXTERIOR
COMISIONES ACCIDENTALES. FUNCIÓN: ART. 66 DE LA LEY 5 DE 1992
PARA EL MEJOR DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA Y LEGISLATIVA, LOS PRESIDENTES Y LAS MESAS DIRECTIVAS DE LA CAMARA Y SUS COMISIONES PERMANENTES PODRÁN DESIGNAR COMISIONES ACCIDENTALES PARA QUE CUMPLAN FUNCIONES Y MISIONES ESPECIFICAS
COMISIÓN DE SEGUIMIENTO. FUNCIÓN: ART. 34 DE LA LEY 40 1993
SUPERVISAR LAS POLÍTICAS GUBERNAMENTALES Y JUDICIALES CONTRA EL SECUESTRO ASÍ COMO EL COMPORTAMIENTO DE AUTORIDADES Y JUECES
COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y AUDIENCIAS
FUNCIONES: ART. 55 DE LA LEY 5 DE 1992
DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS QUE SEAN VULNERADOS O DESCONOCIDOS.
VIGILANCIA Y CONTROL SOBRE AUTORIDADES ENCARGADAS DE LOS DERECHOS HUMANOS
COMISIÓN ÉTICA Y ESTATUTO DEL CONGRESISTA
FUNCIONES: ART. 59 DE LA LEY 5 DE 1992
CONOCER DEL CONFLICTO E INTERES Y DE LAS VIOLACIONES AL RÉGIMEN DE INCOMPATIBILIDADES E INHABILIDADES DE LOS CONGRESISTAS.
COMISIÓN DE ACREDITACIÓN DOCUMENTAL
FUNCIONES: ART.60 DE LA LEY 5 DE 1992
LOS DOCUMENTOS QUE ACREDITEN LAS CALIDADES EXIGIDAS DE QUIENES ASPIRAN A OCUPAR CARGOS DE ELECCIÓN DEL CONGRESO O DE LAS CAMARAS LEGISLATIVAS
COMISIÓN DE LA EQUIDAD DE LA MUJER
FUNCIONES: LEY 5 DE 1992; Y ARTS. 61 Y 61C ADICIONADOS POR EL ARTICULO 3 DE LA LEY 1434 DE 2011
FOMENTAR Y PROMOVER LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA CONSOLIDACIÓN DE UNA POLÍTICA DE ESTADO DE APOYO A LA MUJER.
COMISIONES CONSTITUCIONALES PERMANENTES
ENCARGADAS DE DAR PRIMER DEBATE EN LOS PROYECTOS DE ACTO LEGISLATIVO O DE LEY REFERENTES A SUS COMPETENCIAS.
POLÍTICA INTERNACIONAL, DEFENSA NACIONAL Y FUERZA PÚBLICA; TRATADOS PÚBLICOS; CARRERA DIPLOMATICA; ETC.
COMISIÓN TERCERA: HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO (15 MIEMBROS)
CRÉDITO PÚBLICO,
IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES, EXTENCIONES TRIBUTARIAS, ETC.
COMISIÓN CUARTA:PRESUPUESTO (15 MIEMBROS)
LEYES ORGANICAS DE PRESUPUESTO, SISTEMA DE CONTROL FISCAL FINANCIERO, ETC.
COMISIÓN QUINTA: ASUNTOS AGROPECUARIOS, DEL MAR, Y DEL MEDIO AMBIENTE.
RÉGIMEN AGROPECUARIO, ECOLOGÍA, MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES.
COMISIÓN SEXTA: ASUNTOS DE TRANSPORTE Y TELECOMUNICACONES
TARIFAS, CALAMIDADES PÚBLICAS, FUNCIONES PÚBLICAS Y PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
COMISIÓN SEPTIMA: (14 MIEMBROS).
ESTATUTO DEL SERVIDOR PÚBLICO Y TRABAJADOR PARTICULAR , RÉGIMEN SALARIAL ETC.
FUNCIONES: CONST. 1991, ARTS. 176-178
SE ELIGEN EN CIRCUNSCRIPCIONES TERRITORIALES Y ESPECIALES.
SE REQUIERE SER MAYOR DE 25 Y CUIDADANO.
FUNCIONES ESPECIALES
ELEGIR AL DEFENSOR DEL PUEBLO
ACUSAR ANTE EL SENADO CUANDO EXISTA CAUSAS CONSTITUCIONALES.
ETC.
FUNCIONES. CONST. 1991, ART, 171-175
EL SENADO ESTA CONFORMADO POR 102 SENADORES.
SE REUIERE SER CUIDADANO Y MAYOR DE 30 AÑOS.
ART. 173
ADMITIR O NO LAS RENUNCIAS QUE HAGA A SU VES EL PRESIDENTE.
APROBAR O NO EL ACENSO MILITAR
CONCEDER LICENCIA AL PRESIDENTE PARA SEPARARSE DE SU CARGO TEMPORALMENTE
PERMITIR EL PASO DE TROPAS EXTRANJERAS POR EL TERRITORIO NACIONAL
DECLARAR GUERRA
ELEGIR MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA
ELEGIR AL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN
ART. 174
CONOCER LAS ACUSACIONES QUE FORMULE LA CAMARA DE REPRESENTANTES
REGLAMENTO: LEY 5 DE 1992
COMPOSICIÓN Y FUNCIÓN: (CONST. 1991, ART, 114, ART. 132-137
ART, 114
REFORMAR LA CONSTITUCIÓN HACER LEYES, Y EJERCER CONTROL POLÍTICO SOBRE EL GOBIERNO ADMINISTRATIVO
ART, 132
LOS SENADORES Y REPRESENTANTES SERÁN ELEGIDOS PARA UN PERIODO DE CUATRO AÑOS
ART, 133
LOS MIEMBROS DEL COLEGIADO DE ELECCIÓN DIRECTA REPRESENTARAN AL PUEBLO
ART, 134
LOS PUESTOS NO OCUPADOS SERÁN OTORGADOS POR LOS MIEMBROS NO ELEGIDOS SEGÚN EL ORDEN DE INSCRIPCIÓN
ART. 135
FACULTADES DE CADA CAMARA
ART. 136
PROHIBICIONES DEL CONGRESO
ART. 137
CUALQUIER COMISIÓN PERMANENTE PODRÁ SER REEMPLAZADA POR CUALQUIER PERSONA NATURAL O JURIDICA
ALUMNOS: NICOLÁS ROJAS RAMÍREZ -MARCO FEDERICO CASTIBLANCO - SOFIA TAPIA
BIBLIOGRAFIA
BOTERO, CATALINA. (2013). ORGANIGRAMA DEL ESTADO COLOMBIANO. BOGOTÁ: DEPARTAMENTO DE CIENCIA POLÍTICA. FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES, UNIVERSIDAD EL BOSQUE. https://c-politica.uniandes.edu.co/oec/index.php?ac=re
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA. (1991). BOGOTÁ, COLOMBIA.
JURISDICCIÓN DE LO CONTENSIONSO ADMINISTRATIVO
JURISDICCIÓN DISIPLINAR
JURISDICCIÓN ORDINARIA
DEFINICIÓN Y ORGANIGRAMA (CONST. 1991, ART 228-230)
JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL
JURISDICCIÓN ESPECIAL
FISCALIA GENERAL DE LA NCAIÓN
RAMA JUDICIAL
ES LA ENCARGADA DE ADMINISTRAR LA JUSTICIA EN EL ESTADO COLOMBIANO
ARTICULO 228
LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUSTICIA ES FUNCIÓN PÚBLICA. SUS DECISIONES SON INDEPENDIENTES. LAS ACTUACIONES SERÁN PÚBLICAS Y PERMANENTES CON LAS EXCEPCIONES DE LA LEY
ARTICULO 229
SE GARANTIZA A TODA PERSONA A ACCEDER A LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. LA LEY DETERMINARA
ARTICULO 230
LOS JUECES, EN SUS PROVIDENCIAS, SOLO ESTÁN SOMETIDOS AL IMPERIO DE LA LEY
CARACTERISTICAS Y FORMAS DE ELECCIÓN DE LOS MAGISTRADOS DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA (CONST. 1991, ART, 231-233 Y 239
LOS MAGISTRADOS DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y DEL CONSEJO DE ESTADO SERÁN NOMBRADOS POR LAS RESPECTIVAS CORPORACIONES, DE LISTAS ENVIADAS POR EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA. ARTICULO 231
PARA SER MAGISTRADO SE DEBE SER COLOMBIANO DE NACIMIENTO, SER ABOGADO, NO HABER SIDO CONDENADO. ARTICULO 232
LOS MAGISTRADOS SERAN ELEGIDOS PARA PERIODOS DE OCHO AÑOS INDIVIDUALMENTE, NO PODRAN SER REELEGIDOS. ARTICULO 233
LA CORTE CONSTITUCIONAL TENDRÁ TENDRÁ EL NUMERO IMPAR DE MIEMBROS QUE DETERMINE LA LEY.
TODOS LOS JUECES QUE HACEN PARTE DE ESTA JURISDICCION ESTAN LLAMADOS A DIRIMIS LOS CONFLICTOS Y DECIDIR CCCONTROVERSIAS ENTRE PARTICULARES A PARTIR DEL DERECHO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. (CONST. 1991, ART, 234)
ES EL MAXIMO TRIBUNAL DE LA JURISDICCIÓN ORDINARIA Y SE COMPONDRA DE NUMERO IMPAR QUE DETERMINE LA LEY.
FUNCIONES DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA (CONST. 1991, ART, 235)
ACTUAR COMO TRIBUNAL DE CASACIÓN
JUSGAR AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
INVESTIGAR Y JUSGAR A LOS MIENBROS DEL CONGRESO
DAR SU PROPIO REGLAMENTO
SALA PLENA
ELEGIR LOS MAGISTRADOS DE LOS TRIBUNALES SUPERIORES SEGÚN LA LEY.
SALA DE GOBIERNO
ESTARA INTEGRADA POR EL PRESIDENTE Y EL VISEPRESIDENTE DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Y LOS PRESIDENTES DE CADA UNA DE LAS SALAS ESPECIALIZADAS
SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
ACTURAN SEGÚN SU CASACIÓN PARA SELECCIONAR LAS SENTENCIAS PARA LOS FINES DE UNIFICACIÓN DE LA JURISPRUDENCIA
SALA DE CASACIÓN LABORAL
PROTECCIÓNDE LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES, Y CONTROL DE LEGALIDAD DE LOS FALLOS
SALA DE CASACIÓN PENAL
ACTUARAN SEGÚN SU ESPECIALIDAD COMO TRIBUNAL.
ENCARGADA DE ADMINISTRAR EL PRESUPUESTO, LA ORGANIZACIÓN Y DISCIPLINADE LA RAMA JUDICIAL COLOMBIANA
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
CONST. 1991, ARTS. 254-255;ART. 76 DE LA LEY 270 1996
SALA ADMINISTRATIVA:INTEGRADA POR SEIS MAGISTRADOS.
SALA JURISDICCIONAL DISIPLINAR: INTEGRADA POR SIETE MAGISTRADOS
ARTICULO 254. EL CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA SE DIVIDE EN DOS SALAS.
ARTICULO 255.
PARA SER MIEMBRO SE REQUIERE SER COLOMBIANO POR NACIMIENTO, MAYOR DE 35 AÑOS,, SER ABOGADO.
ARTICULO 256-257
ADMINISTRAR CARRERA JUDICIAL, ELABORAR LISTAS DE CANDIDATOS, SANCIONAR FUNCIONARIOS JUDICIALES, ELAVORAR EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE LA RAMA JUDICIAL.
FIJAR LA DIVISIÓN DEL TERRITORIO PARA EFECTOS JUDICIALES, CREAR CARGOS EN LA ADMINISTRACIÓN JUDICIAL, PROPONER PROYECTOS DE LEY RELATIVOS A SUS FUNCIONES
LOS JUECES ESTAN LLAMADOS A SOLUCIONAR CONFLICTOS ENTRE PARTICULARES Y EL ESTADO, O LOS CONFLICTOS QUE SE PRESENTEN AL INTERIOR DEL ESTADO.
CONSEJO DE ESTADO
MAXIMO ORGANO DE JURISDICCIÓN CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO RESULEVE EN ULTIMA INSTANCIA PROBLEMAS ENTRE ESTADO Y PARTICULARES
COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE ESTADO
5 CANDIDATOS, 3 SALAS 4 MAGISTADOS,
SALA PLENA
ELEGIR LOS CONSEJEROS PARA PROVEER LOS NUEVOS CARGOS, INTEGRAR LAS COMISIONES QUE DEBA INTEGRAR, EJERCER LAS FUSIONES QUE SE ESCRIBAN EN LA CONSTITUCIÓN
SALA DE LO CONTENSIOSOS ADMINISTRATIVO
ESTA INTEGRADA POR 7 CONSEJEROS
SALA DE CONSULTA Y SERVICIO
PREPARAR LOS CONOCIMIENTOS DE LEY CON CONOCIMENTO DEL GOBIERNO NACIONAL, BERIFICAR SI LOS CANDIDATOS A LA PRESIDENCIA CUMPLEN LOS REQUISITOS
VELA POR LA SUPREMACIA DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EL ESTADO DE DERECHO EN TODO LE TERRITORIO NACIONAL.
CORTE CONSTITUCIONAL.COST,1991. ART
TENDRA EL NUMERO IMPAR DE MIEMBROS.
DECIDE SOBRE LAS DEMANDAS DE INCOSTITUCIONALIDAD QUE PROMUEVEN LOS CUIDADANOS.
DECIDE SOBRE LA CONSTITUCIONALIDAD DE ALGUNOS DECRETOS.
DECIDIR SOBRE LA EXIQUIBILIDAD DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES.
EFECTOS DE LAS SENTENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
LOS FALLOS QUE LA CORTE DICTE EN EJERCICIO DEL CONTROL JURISDICCIONAL HACEN TRANSITO A COSA JUZGADA
INTEGRACIÓN DE LA CORTE CONSTITUCIONAL
CONFORMADA POR 9 MAGISTRADOS, TERNAS CON ABOGADOS, FALTAS POR TERNA PRESENTA OTRA.
BRINDAR A LOS CUIDADANOS UNA CUMPLIDA Y EFICAZ ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.
INVESTIGAR DELITOS DENTRO DEL PAIS, DECLARAR NULAS O NO LAS INVESTIGACIONES, VELAR POR LA PROTECCIÓN DE LAS VICTIMIAS O TESTIGOS DE UN CASO, CUMPLIS CON LO QUE DICTA LA LEY.
DESPACHO DEL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN
1 1.1. Unidad de FiscalÍa Delegada ante la Corte Suprema de Justicia
1.1.2. DirecciÓn de Asuntos Internacionales
1.1.3. Oficina de PlaneaciÓn
1.1.4. Oficina JurÓdica
1.1.5. Oficina de Control Interno
1.1.6. Oficina de ProtecciOn y Asistencia
1.1.7. Oficina de VeedurÍa y Control Disciplinario Interno
1.1.8. Oficina de DivulgaciÓn y Prensa
1.1.9. Oficina de InformAtica
1.2. Despacho del Vicefiscal General de la NaciÓn
1.3. Despacho del Secretario General
1.3.1. Oficina de Personal
1.3.2. Escuela de Estudios e Investigaciones Criminal sticas y Ciencias Forenses
1.4. DirecciÓn Nacional de FiscalEas
1. 4.1. Direcciones Seccionales de FiscalEas
1.5. DirecciÓn Nacional del Cuerpo TEcnico de InvestigaciÓn
1.5.1. Direcciones Seccionales del Cuerpo TEcnico de InvestigaciÓn
1.6. DirecciÓn Nacional Administrativa y Financiera
1.6.1 Direcciones Seccionales Administrativas y Financieras
1.7 Entidades Adscritas
1.7.1 Establecimiento PÚblico-Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.
JURISDICCIÓN INDIGENA, DONDE AUTORIZA LA CREACCIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE JUECES DE PAZ AL INTERIOR NACIONAL, PARA RESOLVER CONFLICTOS A PARTIR DE CRITERIOS DE EQUIDAD, Y CARACTERISTICAS ESPECIALES.
JUECES INDIGENAS
LAS JURISDICCIONES DE LOS PUEBLOS INDIGENAS PODRAN EJERCER FUNSIONES JURISDICCIONALES AL INTERIOR DE SU AMBITO TERRITORIAL
JUECES DE PAZ
CREAR JUECES DE PAZ ENCARGADOS DE RESOLVER EN EQUIDAD CONFLICTOS INDIVIDUALES Y COMUNITARIOS.
PROCURADURIA GENERAL
MINISTERIO PUBLICO
ORGANISMOS DE CONTROL
ORGANISMOS DE CONTROL DEL ESTADO
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
DEFENSORIA DEL PUEBLO
CARTA POLÍTICA DE 1991 (ART.117-119 Y TITULO X).
SE CONSIDERA QUE LOS ORGANISMOS DE CONTROL SON EL MINISTERIO PUBLICO, CUYO NOMBRE MÁS FAMILIARES EL PROCURADOR GENERAL DE LA, LA DEFENSORIA DEL PUEBLO, Y LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA
CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ART 267.
EL CONTROL FISCAL ES UNA FUNCIÓN PUBLICA, VIGILA LE GESTIÓN FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN O ENTIDADES QUE MANEJEN FONDOS NACIONALES, VIGILANCIAS A EMPRESAS PRIVADAS , ETC,
OBJETIVO PRIMORDIAL
EJERCER EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD LA VIGILANCIA DE LA GESTIÓN FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN Y DE LOS PARTICULARES O ENTIDADES QUE MANEJEN FONDOS O BIENES DE LA NACIÓN.
DECRETO 267/2000. ART. 267)
CUMPLIR CABAL Y EFICAZMENTE LAS FUNCIONES ASIGNADAS POR LA CONSTITUCIÓN Y LA LEY EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD, VIGILANCIA A LA ADMINISTRACIÓN FISCAL.
PRINCIPIOS
ACTUACIÓN EN DEFENSA DEL BUEN USO DE LOS RECURSOS PUBLICOS, ESFUERZO AL EJERCICIO DE CONTROL FISCAL, APOYA LA CULTURA DE LA ÉTICA PUBLICA, ESTIMULAR EL CRECIMIENTO DEL TALENTO HUMANO.
REQUISITOS
ES SER ELEGIDO POR EL CONGRESO EN PLENO, COLOMBIANO DE NACIMIENTO MAYOR DE 35 AÑOS, NO PODRA SER MIEMBRO QUIEN HAYA OCUPADO PUESTOS EN EL CONGRESO
ES LA INSTITUCIÓN QUE REPRESENTA A LOS CUIDADANOS ANTE EL ESTADO. ES EL MAXIMO ORGANISMO DEL MINISTERIO PUBLICO
PRINCIPAL RESPONSABLE DE LA PROCURADURIA QUE ESTE EMPEÑADA EN PREVENIR ANTES QUE SANCIONAR, VIGILAR EL ACTUAR DE LOS SERVIDORES PUBLICOS. FUNCIÓN PREVENTIVA
INTERVIENE ANTE LAS JURISDICCIONES CONTENCIOSO ASMINISTRATIVO, CONSTITUCIONAL T ANTE LAS LAS DIFERENTES INSTANCIAS DE LA JURISDICCIÓN PENAL.FUNCIÓN DE INTERVENCIÓN
FUNCIONES
QUE ESTE EMPEÑADA EN PREVENIR ANTES QUE SANCIONAR, ADVERTIR CUANDO EL ECHO SEA VIOLATORIO DE LAS NORMAS VIGENTES. FUNCIÓN PREVENTIVA
INTERCEDE EN LAS JURISDICCIONES CONTENCIOSAS ADMINISTRATIVAS, Y JURISDICCIONES, MILITAR, CIVIL, AMBIENTAL, Y AGRARIA. FUNCIÓN DE INTERVENCIÓN.
ES LA ENCARGADA DE INICIAR, FALLAR Y ADELANTAR, LAS INVESTIGACIONES QUE POR FALTAS DISIPLINARIAS SE ADELANTES CONTRA LOS SERVIDORES PUBLICOS Y PARTICULARES. FUNCIÓN DISIPLINAR.
INICIAR O FALLAR EN LAS SANCIONES QUE SE LLEVEN POR FALTAS COMETIDAS POR PUBLICOS Y PRIVADOS. FUNCIÓN
PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN: SUPREMO DICTADOR DEL MINISTERIO PUBLICO.
ELEGIDO POR EL SENADO
VIGILAR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN
PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS
DEFENDER LOS INTERESE DE LA SOCIEDAD
ORGANIZACIÓN INTERNA DE LA PROCURADURIA
DECRETO 262 DE 2000, TITULO II, ART. 2
PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES, LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION TIENE UNA ESTRUCTURA.
ART, 275: DEFINE EL CARACTER DEL MINISTERIO PUBLICO.
ART, 144: SE LE DA LA FUNCIÓN A PROCURADORES DEL CONTROL DE LAS FUNCIONES DE LOS FUINCIONARIOS PUBLICOS
LEY 1990.
ESTABLECE LA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN DE LA NACIÓN
LEY 201 DE 1995 (AGOSTO 2)
ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA NACION
INSTITUTO DE ESTUDIO EN EL MINISTERIO PUBLICO
ASESORAR AL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, REALIZAR ESTUDIOS CONTRA LA LUCHA DE LA CORRUPCIÓN,ORGANIZAR ACTIVIDADES DE ORGANIZACIÓN
ART. 267.
VIGILA LA GESTIÓN FISCAL DE LA ADMINISTRACIÓN EN FUNCIONARIOS O ENTIDADES QUE MANEJEN BIENES NACIONALES.
VIGILANCIA DE LA GESTIÓN FISCAL DEL ESTADO EXIGE UN CONTROL FINANCIERO, DE GESTIÓN Y RESULTADOS
EJERCE SUS FUNCIONES BAJO EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACION Y LE CORRESPNDE VELAR POR EL EJERCICIO DE LA APLICACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS.
FUNCIONES
OBJETIVO PRIMORDIAL
EN REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD LA VIGILANCIA DE RECURSOS NACIONALES LLEVADO POR PARTICULARES O PRIVADOS, EVALUAR LOS RESULTADOS OBTENIDOS POR DIFERENTES ENTIDADES.
DISEÑAR Y ADOPTAR CON EL PROCURADOR POLÍTICAS DE PROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN LOS DERECHOS HUMANOS EN EL PAÍS.
DIRIGIR Y COORDINAR LAS LABORES DE LAS DIFERENTES DEPENDENCIAS QUE CONFORMAN LA DEFENSORIA DEL PUEBLO.
APREMIAR A LAS ORGANIZACIONES PRIVADAS PARA QUE SE ABSTENGAN DE DESCONOCER UN DERECHO.
EJERCER REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD DEL PATRIMONIO PUBLICO, RECURSOS NATURALES, MEDIO AMBIENTE, CULTURA, ETC.
MISIÓN DE LA DEFENSORIA
ES LA INSTITUCIÓN COLOMBIANA RESPONSABLE DE IMPULSAR LA EFECTIVIDAD DE LOS DERECHOS HUMANOS EN EL ARCO DEL ESTADO SOCIAL DE DERECHO, DEMOCRATICO, PARTICIPATIVO, Y PLURALISTA
VISIÓN
RECONOCIDA POR EL IMPULSO A LA REALIZACIÓN EFECTIVA DE LOS DERECHOS HUMANOS,EN SI INCIDENCIA EN LA FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PUBLICAS.
MISIÓN
CONTRIBUIR A UNA GENERACIÓN DE CULTURA DE CONTROL FISCAL
PRINCIPIOS
ACTUACIONES EN DEFENSA DE DEL BUEN USO DE LOS RECURSOS PUBLICOS, EJERCICIO DE CONTROL FISCAL, CRECIMIENTO DEL TALENTO HUMANO, MEJORA LA GESTIÓN PUBLICA
LINEA DEFENSORA DEL PUEBLO
COMPUESTO POR EL SISTEMA DE DEFENSORIA NACIONAL, TERRITORIAL,ESTUDIANTES,
REQUISITO PARA SER ELEGIDO Y FUNCIONES
SER COLOMBIANO DE NACIMIENTO, ABOGADO, MAYOR DE 35 AÑOS, CONDENAS POR DELITOS COMUNES
PRESCRIBIR LOS METODOS Y LA FORMAD ERENDIR CUENTAS LOS RESPONSABLES DEL MANEJOS DE FONDOS
LLEVAR UN REJISTRO DE LA DEUDA EXTERNA DEL PAÍS
ESTABLECER RESPONSABILIDAD QUE SE DERIBE DEL CONTROL FISCAL
PROYECTOS DELEY DE CONTROL FISCAL
AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN
CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
REGISTRADURIA NACIONAL GENERAL DE LA NACIÓN
BANCO DE LA REPUBLICA
OTRAS INSTITUCIONES
ES EL ENTE RECTOR DEL PODER ELECTORAL. SU MISIÓN ES REGULAR, INSPECCIONAR, VIGILAR, Y CONTROLAR TODA LA ACTIVIDAD ELECTORAL DE LAS AGRUPACIONES POLÍTICAS Y SUS CANDIDATOS
COMPOSICIÓN GENERAL Y MECANISMOS DE ELECCIÓN DEL CONSEJO ELECTORAL (CONST. 1991, ART 264
SE COMPONE DE 9 MIEMBROS ELEGIDOS POR EL CONGRESO DE LA REPUBLICA EN PLENO,, PARA UN PERIODO DE CUATRO AÑOS, MEDIANTE EL SISTEMA DE CIFRA REPARTIDORA,CON PREVIA POSTULACIÓN DE LOS PARTIDOS O MOVIMIENTOS POLÍTICOS CORRESPONDIENTES.
FUNCIONES: ART. 265
EJERCER LA SUPREMA INSPECCIÓN Y VIGILANCIA DE LA ORGANIZACIÓN ELECTORAL. ELEGIR Y REMOVERREGISTRADOR NACIONAL DEL ESTSO CIVIL. AL
FUNCIONES
PROPONER LAS INICIATIVAS SOBRE PROYECTOS DE LEY Y PRESENTARLOS A CONSIDERACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
ADOPTAR LAS POLÍTICAS DEL REGISTRO CIVIL
EXPEDIR LAS COPIAS DE REGISTRO CIVIL Y REALIZAR CAMPAÑAS DE CAPACITACIÓN DEL TEMA
REALIZAR ESTUDIOEN MATERIA DEL REGISTRO DEL ESTADO ,
ARTICULO 371
EJERCE LAS FUNCIONES DE BANCE CENTRAL ESTA ORGANIZADO COMO PERSONA JURIDICA DE DERECHO PUBLICO
FUNCIONES
REGULAR LA MONEDA, LOS CAMBIOS INTERNACIONALES Y EL CREDITO; EMITIR LAMONEDA CENTR, ADMINISTRAR LAS RESERVASAL
ART 372
LA JUNTA ADMINISTRATIVA DEL BANCO DE LA REPUBLICA SERA LA AUTORIADAD MONETARIA Y CREDITICIA, CON FORME A LAS ACCIONES QUE LE INDIQUE LA LEY
ART. 373
EL ESTADO POR MEDIO DEL BANCO DE LA REPUBLICA, VELARA POR EL MANTENIMIENTO DE LA CAPACIDAD ADQUISITIVA DE LA MONEDA
LEY 1507 DE 2012
CREA LA AUTORIDAD NACIONAL DE TELEVISIÓN COMO UNA AGENCIA NACIONAL ESTATAL, DE NATURALEZA ESPECIAL, DEL ORDEN NACIONAL. CON PERSONERIA JURIDICA, AUTONOMA, ADMINISTRATIVA, LA CUAL FORMA PARTE DEL SECTOR DE LAS TECNOLOGIAS
LA ANTV ESTA CONFORMADO POR UNA JUNTA NACIONAL DE TELEVISIÓN, QUE ES APOYADA POR EL FONDO PARA EL DESARROLLO DE LA TELEVISIÓN. FONTV.
FUNCIÓN
SER EL PRINCIPAL INTERLOCUTOR CON LOS USUARIOS DEL SERVICIO DE TELEVISIÓN Y LA OPINIÓN PUBLICA EN RELACIÓN CON LA DIFUSIÓN, PROTECCIÓN, Y DEFENSA DE LOS INTERESES DE LOS TELEVIDENTES.