Principios
Constitucionales sobre
Movilidad Humana
Art. 9.- Las personas
extranjeras tendrán los
mismos deberes y
derechos ecuatorianos.
Art. 11.- Todas las
personas son iguales y
gozarán de los mismos
derechos, deberes y
oportunidades.
Art. 40.- Se reconoce
a las personas el
derecho a migrar.
Art. 416.- Libre
movilidad de todos los
habitantes del
planeta.
Derecho a la
libertad de
tránsito
Restricciones
tácticas a la libertad
de tránsito
Art. 66 num 14.- Se reconoce y
garantiza a las personas el derecho
a transitar libremente por el
territorio nacional. La prohibicón
de salir del país solo podra ser
ordenada por un juez competente.
Restricciones
expresas a la libertad
de tránsito
Art. 165.- Durate el estado de
excepeción el Presidente/a podra
suspender o limitar la libertad de
tránsito.
REFUGIADOS
El Derecho de
los Refugiados
El 80% de la población
refugiada esta integrado por mujers y
niños, por tanto es necesario proteger
de forma especial sus derechos y
libertades.
Quien es el
Refugiado?
Convención del OUA el 10 de septiembre de 1969
determina que el término refugiado se aplica a
toda persona que debido agresiones externas, se
vea obligada a huir del país para buscar refugio
en otro.
DESPLAZADOS
INTERNOS
Què es?
Persona o grupo de personas que
han sido obligadas a huir de su
residencia por conflictos o
violaciones de derechos y que no
han cruzado una frontera.
El derecho de los
desplazados internos
Debemos estar atentos por ser los
primeros llamados a proteger sus
derechos y libertades, en virtud del
mandato constitucional.