Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de herramientas establecidas en la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la población colombiana. Todos los individuos de nuestra sociedad con capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el uso de los mecanismos de participación para asegurar su participación en la toma de decisiones y la resolución de los problemas que afectan el bien común. El objetivo de los mecanismos de participación ciudadana
Ley 134 de 1994 : Por la
cual se dictan normas
sobre mecanismos de
participación ciudadana.
Artículo 270: “La ley
organizará las formas y los
sistemas de participación
ciudadana que permitan
vigilar la gestión pública que
se cumpla en los diversos
niveles administrativos y sus
resultados.”
No Formales
Cooperativas Sociales
Acciones Comunales
Foros Educativos
Conferencias
Audiencias públicas
Asociaciones ambientales
Veeduria ciudadana
Rendición de cuentas
Acciones de cumplimiento
Formales
El Derecho de Petición
La Constitución nos faculta a los
ciudadanos para que presentemos
peticiones a las autoridades y ante
organizaciones privadas. Este derecho
se puede ejercer cuando lo que
estamos preguntando o solicitando
nos interesa en forma particular o a
todos los ciudadanos. Lo más
interesante de este derecho es que la
autoridad o la organización privada
debe responder muy rápidamente.
Referendo.
Es la convocatoria que se hace al
pueblo para que apruebe o rechace
un proyecto de norma jurídica o
derogue o no una norma ya vigente.
Referendo derogatorio
Un referendo derogatorio es el
sometimiento de un acto
legislativo, de una ley, de una
ordenanza, de un acuerdo o de
una resolución local en alguna
de sus partes o en su
integridad, a consideración del
pueblo para que éste decida si
lo deroga o no.
Referendo aprobatorio
Un referendo aprobatorio es el
sometimiento de un proyecto de
acto legislativo, de una ley, de una
ordenanza, de acuerdo o de una
resolución local, de iniciativa
popular que no haya sido adoptado
por la corporación pública
correspondiente, a consideración del
pueblo para que éste decida si lo
aprueba o lo rechaza, total o
parcialmente.
Revocatoria del mandato
La revocatoria del mandato es
un derecho político, por medio
del cual los ciudadanos dan por
terminado el mandato que le
han conferido a un gobernador
o a un alcalde.
El plebiscito
El plebiscito es el pronunciamiento del
pueblo convocado por el Presidente de
la República, mediante el cual apoya o
rechaza una determinada decisión del
Ejecutivo. (Exequible, en el sentido
expuesto en la Sentencia de la Corte
Constitucional C-180 de 1994).
Consulta popular
La consulta popular es la institución
mediante la cual, una pregunta de
carácter general sobre un asunto de
trascendencia nacional, departamental,
municipal, distrital o local, es sometido
por el Presidente de la República, el
gobernador o el alcalde, según el caso, a
consideración del pueblo para que éste se
pronuncie formalmente al respecto.
Cabildo abierto.
El Cabildo abierto es la reunión
pública de los concejos
distritales, municipales o de las
juntas administradoras locales,
en la cual los habitantes pueden
participar directamente con el
fin de discutir asuntos de interés
para la comunidad.