Mecanismos de Participación Ciudadana

Description

Los mecanismos de participación ciudadana son una serie de herramientas establecidas en la Constitución de 1991 para asegurar e incentivar la movilización de la población colombiana. Todos los individuos de nuestra sociedad con capacidad de voto tienen el derecho de poner en práctica el uso de los mecanismos de participación para asegurar su participación en la toma de decisiones y la resolución de los problemas que afectan el bien común. El objetivo de los mecanismos de participación ciudadana
Alexander Chinchilla Sepúlveda
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Alexander Chinchilla Sepúlveda
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Mecanismos de Participación Ciudadana
  1. Constitución política de 1991
    1. Ley 134 de 1994 : Por la cual se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadana.
      1. Artículo 270: “La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados.”
      2. No Formales
        1. Cooperativas Sociales
          1. Acciones Comunales
            1. Foros Educativos
              1. Conferencias
                1. Audiencias públicas
                  1. Asociaciones ambientales
                    1. Veeduria ciudadana
                      1. Rendición de cuentas
                        1. Acciones de cumplimiento
                        2. Formales
                          1. El Derecho de Petición
                            1. La Constitución nos faculta a los ciudadanos para que presentemos peticiones a las autoridades y ante organizaciones privadas. Este derecho se puede ejercer cuando lo que estamos preguntando o solicitando nos interesa en forma particular o a todos los ciudadanos. Lo más interesante de este derecho es que la autoridad o la organización privada debe responder muy rápidamente.
                            2. Referendo.
                              1. Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.
                                1. Referendo derogatorio
                                  1. Un referendo derogatorio es el sometimiento de un acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de un acuerdo o de una resolución local en alguna de sus partes o en su integridad, a consideración del pueblo para que éste decida si lo deroga o no.
                                  2. Referendo aprobatorio
                                    1. Un referendo aprobatorio es el sometimiento de un proyecto de acto legislativo, de una ley, de una ordenanza, de acuerdo o de una resolución local, de iniciativa popular que no haya sido adoptado por la corporación pública correspondiente, a consideración del pueblo para que éste decida si lo aprueba o lo rechaza, total o parcialmente.
                                2. Revocatoria del mandato
                                  1. La revocatoria del mandato es un derecho político, por medio del cual los ciudadanos dan por terminado el mandato que le han conferido a un gobernador o a un alcalde.
                                  2. El plebiscito
                                    1. El plebiscito es el pronunciamiento del pueblo convocado por el Presidente de la República, mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del Ejecutivo. (Exequible, en el sentido expuesto en la Sentencia de la Corte Constitucional C-180 de 1994).
                                    2. Consulta popular
                                      1. La consulta popular es la institución mediante la cual, una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional, departamental, municipal, distrital o local, es sometido por el Presidente de la República, el gobernador o el alcalde, según el caso, a consideración del pueblo para que éste se pronuncie formalmente al respecto.
                                      2. Cabildo abierto.
                                        1. El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales, municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
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