El Derecho Procesal Penal, Sistemas, Principios Y Garantías

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Derecho Procesal Penal I
Daimarys Ochoa
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El Derecho Procesal Penal, Sistemas, Principios Y Garantías
  1. Para Rodrigo Rivera Morales El Derecho Procesal Penal se encuentra superpuesto sobre la base que conforma la trilogía que a saber son: La Acción como el derecho abstracto de obrar en juicio, La Jurisdicción, como función que tienen determinados órganos del estado para resolver conflictos de trascendencia jurídica mediante determinaciones obligatorias para las partes y susceptibles de ejecución. El Proceso como el conjunto de actos jurídicos coordinados y sistematizados que se desarrollan con la finalidad de alcanzar un fin que es la solución al conflicto de interés por medio de la decisión judicial.
    1. El Derecho Procesal Penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan el procedimiento penal, ya sea en su conjunto o en los actos particulares que lo integran.
      1. FINALIDAD:El fin esencial del procedimiento penal es la averiguación de la verdad y la verificación de la justicia. El fin general mediato del proceso penal es la defensa social, el fin general inmediato consiste en la aplicación de la ley penal en el caso concreto.
        1. CARACTERES: 1.público, debido a la participación del Estado, 2.Instrumentalidad: Es un instrumento del que se vale el Estado para aplicar el Derecho Penal, 3.Unidad: Regula la conducta de las personas que intervienen en el proceso, 4.Interno: Las normas procesales rigen la actividad encaminada a la aplicación del Derecho Penal sobre conductas punibles realizadas dentro del territorio nacional o espacios sobre los cuales los tribunales venezolanos tienen jurisdicción.
          1. RELACION CON OTRAS RAMAS: 1.Derecho Constitucional, 2.Penal, 3.Administrativo, 4.Procesal civil, 5.Internacional, 6.Criminología, 7.Criminalística, 8.Penitenciario.
            1. Comenzando así con el derecho constitucional porque es el fundamento del ordenamiento jurídico, seguidamente del penal ya que mediante el se concreta las disposiciones para el proceso, por ende el resto de las ramas se aplican al proceso porque cada una de ellas juega un papel fundamental pero a su vez diferente que hacen que el proceso penal tenga el éxito que requiere.
      2. SISTEMAS PROCESALES: 1.Acusatorio: Nace en Grecia, en un principio corresponde a la concepción privada del derecho penal. Se basaba en los siguientes principios: • Facultad de acusar de todo ciudadano. • Necesidad de que alguien distinto al juez formule acusación para que pueda existir un juicio. El juez no procede ex oficio. • Libertad personal del acusado hasta que exista sentencia condenatoria. • Igualdad absoluta de derechos y deberes entre el acusador y acusado.
        1. 2.Inquisitivo: es una creación del Derecho Canónico de la Edad Media, extendiéndose a toda la Europa continental y perviviendo hasta el Siglo XVIII. Surge como consecuencia de tres factores: La aparición de los Estados Nacionales. La pretensión de universalidad de la Iglesia Católica. El conflicto de los Estados nación por someter al poder feudal y a los considerados infielesDescansaba en los siguientes principios: Concentración de las tres funciones de acusar, defender y juzgar en manos de un mismo órgano. Esas funciones se encomiendan a unos órganos permanentes, con exclusión de cualquier forma de justicia popular.
          1. 3. Mixto: Surge en Francia un nuevo sistema procesal penal que respeta el derecho de todo ciudadano a ser juzgado públicamente en un proceso contradictorio, pero conservando un elemento del sistema anterior, el de la acusación oficial, encargada a funcionarios que de modo permanente suplan la carencia de acusadores particulares con lo que nace el Ministerio Fiscal. Los principios en que descansa este sistema son:  La separación de la función de investigación y acusación y la función de juzgar.  Del resultado de la instrucción depende que haya acusación y juicio.  El acto del juicio es oral, publico y confrontativo, y se rige por el principio de inmediación.
          2. PRINCIPIOS Y GARANTIAS: Juicio previo y debido proceso, ejercicio de la jurisdicción, participación ciudadana, autonomía e independencia de los jueces, autoridad del juez(a), obligación de decidir, presunción de inocencia, afirmación de libertad, respeto a la dignidad humana, titularidad de la acción penal, defensa e igualdad entre las partes, finalidad del proceso, oralidad, publicidad, inmediación, concentración, contradicción, control de constitucionalidad, única persecución, cosa juzgada, apreciación de las pruebas y protección de las victimas.
            1. El Código Orgánico Procesal Penal, instauró en Venezuela un sistema acusatorio oral, blindado con múltiples principios que lo rigen y que caracterizan sus bases de garantista, los cuales hacen del sistema un mecanismo procesal respetuoso de los Derechos establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, estos Principios están contenidos en el Título Preliminar, entre los artículos 1 al 23 del Código Orgánico Procesal Penal, y en defensa de los Derechos Humanos vienen a suprimir los postulados del sistema inquisitivo plasmados en el extinto Código de Enjuiciamiento Criminal que bajo su imperio se violaban impunemente todos los derechos inherentes al ser humano.
              1. DAIMARYS OCHOA C.I.V-25.390.123 SAIA: C SEPTIEMBRE DE 2016
                1. REFERNCIAS BIBLIOGRAFICAS: Código órganico Procesal Penal, http://abogadosocialenproceso.blogspot.com/2011/04/principios-y-garantias-procesales-en-el.html Material presentado en aula
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