El Derecho está compuesto por normas,
expresiones de deber ser, que imponen a las
conductas el carácter de obligatorias,
prohibidas o permitidas. Esta es la
dimensión normativa
Tiene que haber sido producida por
el órgano competente.
A través del procedimiento adecuado
No debe haber sido derogada por una
norma posterior
No puede estar en contradicción con las normas
superiores a ellas
Dimensión fáctica (eficacia)
El Derecho regula las relaciones que se producen en los
grupos sociales, por lo que siempre está presente en toda
sociedad. La eficacia de una norma alude al grado de
aceptación y cumplimiento de la misma en la sociedad,
Dimensión valorativa (justicia).
La justicia de una norma se refiere a la
adecuación de la misma a un sistema de
valores. La norma justa, por el hecho de
serlo, es también legítima
Principales concepciones del Derecho.
Iuspositivismo
El positivismo jurídico define la norma jurídica como un mandato
coactivo y considera la legislación como la principal fuente de
Derecho. la noción de justicia es una cuestión social y convencional,
por lo que la norma no debe adecuarse a ninguna concepción moral
sino que prima el orden normativo.
Iusnaturalismo
Las reglas o principios superiores del Derecho natural son condición de la validez del Derecho
positivo. Esto es, las normas que no sean justas (porque no se ajustan al Derecho natural) no pueden
recibir el nombre de Derecho. El iusnaturalismo reduce el concepto de validez al de justicia: una
norma, para poder ser válida, tiene que ser justa.
Realismo jurídico
Critican el rígido sistema de aplicación de la ley defendido por
las teorías formalistas. Ellos aceptan que no es la le y lo que
determina la solución jurídica más adecuada, sino la apreciación
y valoración del caso concreto por parte del juez