LEY 1429 DE 2010 DE
FORMALIZACIÓN Y
GENERACiÓN DE EMPLEO
Annotations:
LEY 1014 DE 2006
De fomento a la cultura del emprendimiento.
TITULO I
NORMAS
GENERALES
Articulo 1°.
Objeto.
tiene por objeto la
formalización y la
generación de empleo,
con el fin de generar incentivos a la
formalización en las etapas iniciales de la
creación de empresas
ARTIcULO 2°. Definiciones.
Pequellas empresas.
las cuyo personal no sea superior a 50
trabajadores
Inicio de la actividad económica principal.
la actividad económica principal la fecha de
inscripción en el registro mercantil de la
correspondiente Cámara de Comercio,
Tipos de informalidad de
empleo:
Informalidad por
subsistencia.
Informalidad con capacidad de
acumulación.
TITULO II
INCENTIVOS PARA
LA
FORMALIZACION
EMPRESARIAL
CAPiTULO I Focalización de
Programas de Desarrollo
Empresarial
ARTIcULO 3°.
Focalización de
los Programas
de Desarrollo
Empresarial.
Diseñar y promover programas de
microcrédito y crédito orientados a
empresas del sector rural y urbano,
Diseñar y promover el desarrollo de
programas de apoyo técnico y financiero
para asistencia técnica
Diseñar y promover programas de
formación, capacitación, asistencia
técnica y asesoria especializada,
Fortalecer las relaciones
entre Universidad Empresa
Estado,
diseñar, gestionar y evaluar una
oferta que contemple todas las necesidades
formativas para los jovenes
CAPíTULO II
Progresividad
ARTIcULO 4°,
Progresividad en el
pago del impuesto
sobre la renta.
las pequeñas empresas deberan cumplir con las
obligaciones tributarias y de impuestos sobre la
Renta , salvo en el caso de los reglmenes especiales
establecidos en la ley
ARTIcULO 5°.
Progreslvldad en el
pago de tos
paraflscates y otras
contribuciones de
nómina.
Las pequenas empresas realizarán sus aportes al SENA, ICBF
y Cajas de Compensación Familiar,asl como el aporte en
salud a la subcuenta de solidaridad del FOSYGA
ARTIcULO 6°.
Progresivldad en el
pago del impuesto de
industria y comercio y
otros Impuestos.
El Gobierno Nacional promoverá y creará incentivos, para los
entes territoriales que aprueben la progresividad en el pago del
Impuesto de Industria y Comercio a las pequeñas empresas,
ARTIcULO 7°.
Progresividad en la
matricula mercantil y
su renovación.
las pequeñas empresas deberan pagarán tarifas
progresivas para la matricula mercantil y su renovación,
ARTIcULO 8°. los
benefICios establecidos
en los articulas 4°, 5°
Y 7°
se entenderán sin perjuicio del cumplimiento de
las obligaciones de las pequeñas empresas
beneficiarias, en materia de presentación de
declaraciones tributarias
TITULO III INCENTIVOS PARA lA
GENERACiÓN DE EMPLEO Y
FORMALlZACI6N LABORAL EN lOS
SECTORES RURAL Y URBANO
CAPiTULO I Incentivo
para la generación de
empleo de grupos
vulnerables
ARTIcULO9°.
Descuento en el
Impuesto sobre la
renta y
complementarios de
los aportes
parefisca/es y otres
contribuciones de
nómina.
los empleadores que vinculen laboralmente a
nuevos empleados que al momento del inicio
del contrato de trabajo sean menores de
veintiocho(28) ai'los, podrán tomar los aportes
al SENA, ICBF y Cajas de Compensación
Familiar. asl como el aporte en salud a
lasubcuenta de solidaridad del FOSYGA
ARTIcULO 10. Descuenfo en el
Impuesto sobre la renta y
complementarios de los aportes
pandlsca/es y otres contribuciones
de nómina para los empleadoras
que contraten personas en
situación de desp/azam/enfo, en
proceso de reintegración o en
condición de dlscapacldad.
Los descuentos y beneficios señalados
en el Articulo 9" para los nuevos
empleos ocupados para poblaciones en
situaciones de desplazamiento, en
proceso de reintegración o en
condiciónde discapacidad
ARTíCULO 11. Descuento
en el impuesto sobre la
renta y complementarios
de los aportes parafiscales
y otras contribuciones de
nómina.
El benefICio de que trata este articulo
solo aplica para nuevos empleos,
CAPiTULO II Incentivo para la
formallzación laboral y generación de
empleo para peraonas de bajos Ingresos
ARTIcULO13°,- Descuento en el
impuesto sobre la renta y
complementarios de los aportes
pa",ffsca/es y ons
contribuciones de nómina en
relación a los nbaJadores de
bajos ingresos,
sólo aplica para nuevos
empleados, entendiendo como
nuevos empleados aquellas
personas que aparezcan por
primera vez en la base de datos
de la Planilla Integrada de
Liquidación de Aportes - PILA,
ARTIcULO 14.
Prohibición de
acumulación de
beneficios.
los beneficios de que tratan los articulas
8, 9,10 Y 11 de la presente ley, no se
podrán acumular entre si.
ARTICULO 15°. Aplicación de
retención en la fuente pera
independientes.
Asalariados no
obligados a declarar.
ARTICULO 16. Apoyos económicos
no constitutivos de renta ni de
ganancia ocasional.
El beneficio de que trata este articulo
aplicará a partir del allo gravable2010,
inclusive
TITULO IV SIMPLlFICACIONDE
TRÁMITES PARA FACILITAR lA
FORMALlZACION
CAPiTULO I Simplificación de
trámites laborales
ARTíCULO 17.
Objeciones al
reglamento de trabajo.
"El Empleador publiCará en
cartelera de la empresa el
Reglamento Interno de Trabajo
y en la misma fecha informará a
los trabajadores, mediante
circular interna, del contenido
de dicho Reglamento,
ARTicuLO 18.
Descuentos
prohibidos.
El empleador no puede deducir,
retener o compensar suma alguna del
salario
Tampoco se puede efectuar la retención
o deducción sin mandamiento judicial
los empleadores quedarán
obligados a efectuar
oportunamente los descuentos
autorizados por sus trabajadores
que se ajusten a la ley
ARTICULO 19, tramite
de los préstamos,
Elempleador y sU trabajador podrán
acordar por escrito el otorgamiento de
préstamos, anticipas, deducciones,
retenciones o compensaciones del
salarios
ARTIcULO20°,
Compensación en dinero
de las vacaclones
ARTIcULO 21°,
FINANCIACiÓN DE VIVIENDAS
ARTICULO 22. Publlcacl6n
reglamento de tnlbaJo. Se
modifica el articulo 120
del Código Sustantivo del
Trabajo,
el empleador debe publicar el reglamento del
trabajo, mediante la fijaci6n de dos (2) copias en
caracteres legibles, en, dos (2) sitios distintos.
ARTIcULO 23.
descongestión
administrativa.
Capitulo II Simplificación de
Trámites Comerciales
ARTíCULO 24°._ determinación
de la causal de disolución de
una sociedad.
deberán declarar disuelta la sociedad
por ocurrencia de la causal respectiva
e inscribiránel acta en el registro
mercantil
ARTIcULO 25°, Liquidación privada de
sociedades sin pasivos externos,
Junta de accionistas o de SOCIOS,con el propósito
de someter a su consideración el inventario como
la cuenta final de la liquidación.
ARTicULO 26°, Depósito
de acreencias no
reclamadas,
ARTIcULO 27°,
Adjudicación adicional
ARTIcULO 28°,
Acciones contra socios
y liquldadores en la
liquidación voluntaria,
ARTIcULO 29., ,Reactlvación de
sociedades y sucursales en
liquidación,
ARTICULO31", Disposiciones
comunes sobre liquidación prlvllda.
Capítulo III Simplificación de
otros Trámites
ARTicULO 45°. Progresivldad en el cobro de
tasas por servicios requeridos p~ra el
desarrollo formal de las actividades.
empresariales para las p8q/leñas empresas.
ARTicULO 46. Beneficios
derivados del Sisbén
ARTíCULO 47. Modlflquese
el articulo 72 de la Ley 300
de 1996
Articulo 72. Sanciones de carácter
administrativo
ARTIcULO 48°. Prohibición para
acceder a los beneficios de esta
ley.
ARTIcULO 49°, Sanciones por el
suministro de Información falsa.
ARTicuLO 50. Depuración del
registro mercantil.
TITULO VI SISTEMA NACIONAL
DE INFORMACiÓN SOBRE
DEMANDA DE EMPLEO
ARTIcULO 51°. Creación del Sistema
Nacional de Información de
Demanda Laboral.
ARTIcULO 52°.
ObJetivo del sistema.
ARTicULO 53°,- Responsable
de la operacIón del sIstema.
ARTicULO 54°, Comisión
asesora del sistema.
ARTIcULO 55°. Funciones de la
comisión asesora del sistema.