Código de Protección y Defensa del
Consumidor - Ley Nº 29571
Publicación: 02/09/2010
Vigencia: 02/10/2010
Consumidores o usuarios: Personas naturales o
jurídicas que adquieren, utilizan o disfrutan como
destinatario final productos os ervicios materiales o
inmateriales, en beneficio propio o de su grupo
familiar-social.
Se compone de Título Preliminar,
7 Títulos, 24 Capítulos y 11
Disposiciones Complementarias
Relación de Consumo: relación por la cual un consumidor
adquiere un producto o contrata un servicio con un proveedor a
cambio de una contraprestación económica.
Proveedores: Personas naturales o jurídicas de derecho
público o privado que de manera habitual fabrican,
elabaoran, manipulan, acondicionan, mezclan, envasan,
almacenan, preparan, expenden, suministran productos o
prestan servicios de cualquier naturaleza a los consumidores.
Servicio: Actividad o prestación
de servicios que se ofrece en el
mercado, inclusive las de
naturaleza bancaria, financiera,
de crédito, de seguros,
previsionales y los servicios
técnicos y profesionales.
Producto: Bien
mueble o inmueble,
material o
inmaterial de origen
nacional o no.
8 Principios: Soberanía del Consumidor,
Pro Consumidor, Transparencia, Corrección
de Asimetría, Buena Fe, Protección Mínima,
Pro Asociativo, Primacía de la Realidad
Título I: Derechos de los
consumidores y relación
consumidor -proveedor
Título II: Contratos
Título V: Responsabilidad
y sanciones
Título IV: La
Protección del
consumidor en
productos o servicios
específicos
Título III: Métodos
comerciales abusivos
Título VI:
Defensa
colectiva de los
consumidores
Título VII: Sistema
Nacional Integrado
de Protección del
consumidor
Principio Constitucional contenido en el Artículo 65.- El
Estado defiende el interés de los consumidores y usuarios.
Para tal efecto garantiza el derecho a la información sobre
los bienes y servicios que se encuentran a su disposición en
el mercado. Asimismo vela, en particular, por la salud y la
seguridad de la población.