NIA 810 - Encargos para informar sobre EEFF resumidos

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Esquema de la NIA 810
CARLOS VIVIANO GARCÍA PÉREZ
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NIA 810 - Encargos para informar sobre EEFF resumidos
  1. Alcance
    1. Trata de las responsabilidades que tiene el auditor en relación con un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos derivados de unos estados financieros auditados por dicho auditor de conformidad con las NIA
    2. Objetivos
      1. Los objetivos del auditor son:
        1. (a) Determinar si es adecuado aceptar el encargo para informar sobre los estados financieros resumidos
          1. (b) si se le contrata para informar sobre unos estados financieros resumidos: Formarse una opinión sobre los estados financieros resumidos y expresar claramente dicha opinión en un informe escrito que describa asimismo el fundamento de dicha opinión
      2. Definiciones
        1. Criterios aplicados: los criterios aplicados por la dirección para la preparación de los estados financieros resumidos
          1. Estados financieros auditados: estados financieros auditados por el auditor de conformidad con las NIA, y de los cuales derivan los estados financieros resumidos
            1. Estados financieros resumidos: información financiera histórica derivada de los EEFF pero que contiene menos detalle que los estados financieros, aunque todavía supone una presentación estructurada congruente con la presentada en los EEFF
        2. Requerimientos
          1. Aceptación del encargo
            1. El auditor únicamente aceptará un encargo para informar sobre unos estados financieros resumidos de conformidad con esta NIA cuando haya sido contratado para realizar la auditoría de los estados financieros de los que se deriven los estados financieros resumidos, de conformidad con las NIA
              1. Antes de aceptar un encargo para informar sobre los estados financieros resumidos, el auditor determinará si los criterios aplicados son aceptables y obtendrá el acuerdo de la dirección de que ésta reconoce y comprende su responsabilidad de preparar los estados financieros resumidos de conformidad con los criterios aplicados, poner los estados financieros auditados a disposición de los usuarios a quienes se destinan los estados financieros resumidos sin excesiva dificultad e incluir el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos en cualquier documento que contenga dichos estados financieros resumidos
            2. Naturaleza de los procedimientos
              1. El auditor realizará los siguientes procedimientos, así como cualquier otro procedimiento que pueda considerar necesario, como base para su opinión sobre los estados financieros resumidos:
                1. (a) Evaluar si los estados financieros resumidos revelan adecuadamente el hecho de ser resumidos
                  1. (b) Cuando los estados financieros resumidos no vienen acompañados de los estados financieros auditados, evaluar si describen claramente con quien pueden obtenerlos
                    1. (c) Evaluar si los estados financieros resumidos revelan adecuadamente los criterios aplicados
                      1. (d) Comparar los estados financieros resumidos con la correspondiente información de los estados financieros auditados para determinar si concuerdan
                        1. (e) Evaluar si los estados financieros resumidos han sido preparados de conformidad con los criterios aplicados
                          1. (f) Evaluar, teniendo en cuenta la finalidad de los estados financieros resumidos, si contienen la información necesaria y si su nivel de agregación es adecuado
                            1. (g) Evaluar si los estados financieros auditados están disponibles, sin excesiva dificultad, para los usuarios a quienes se destinan los estados financieros resumidos
              2. Forma de la opinión
                1. Cuando el auditor concluya que es adecuada una opinión no modificada sobre los estados financieros resumidos, siempre que las disposiciones legales o reglamentarias no establezcan otra cosa, utilizará alguna de las frases que se indican a continuación:
                  1. (a) Los estados financieros resumidos adjuntos son congruentes, en todos los aspectos materiales, con los estados financieros auditados, de conformidad con [los criterios aplicados]
                    1. (b) Los estados financieros resumidos adjuntos son un resumen fiel de los estados financieros auditados, de conformidad con [los criterios aplicados]
                2. Momento de realización del trabajo y hechos posteriores a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados
                  1. El informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos puede estar fechado con posterioridad a la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados
                    1. El auditor puede llegar a conocer hechos que existían en la fecha del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados, pero de los que no tuvo conocimiento con anterioridad. En este caso, el auditor no emitirá el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos hasta que no haya considerado dichos hechos en relación con los estados financieros auditados de conformidad con la NIA 560
                  2. Información en documentos que contienen estados financieros resumidos
                    1. El auditor leerá la otra información incluida en un documento que contenga los estados financieros resumidos y el informe de auditoría correspondiente, con el fin de considerar si existe una incongruencia material entre la otra información y los estados financieros resumidos
                      1. Si el auditor identifica una incongruencia material, determinará si deben ser revisados los estados financieros resumidos o la otra información. Si el auditor detecta que la otra información necesita ser revisada, el auditor discutirá la cuestión con la dirección
                    2. Informe de auditoría sobre estados financieros resumidos
                      1. El informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos incluirá los siguientes elementos:
                        1. Título, destinatario, identificación de los EEFF resumidos, iedntificación de los EEFF auditados, la expresión de la opinión, una declaración de que los EEFF no incluyen toda la información a revelar, una declaración de que los EEFF no incluyen hechos posteriores, una referencia del informe de los EEFF auditados, la responsabilidad de la dirección, responsabilidad del auditor, firma del auditor, dirección del auditor y la fecha del informe de auditoría
                      2. Restricción a la distribución o a la utilización o advertencia a los lectores sobre la base contable
                        1. Cuando esté restringida la distribución o el uso del informe de auditoría sobre los estados financieros auditados, o cuando el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados advierta a los lectores de que estos han sido preparados de conformidad con un marco de información con fines específicos, el auditor incluirá una restricción o una advertencia similar en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos
                        2. Información comparativa
                          1. Si los estados financieros auditados contienen información comparativa y los estados financieros resumidos no, el auditor determinará si dicha omisión es razonable teniendo en cuenta las circunstancias del encargo. El auditor determinará el efecto, en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, de una omisión que no sea razonable
                            1. Si los estados financieros resumidos contienen información comparativa sobre la que informó otro auditor, el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos contendrá también las cuestiones que la NIA 710 requiere que el auditor incluya en el informe de auditoría sobre los estados financieros auditados
                          2. Información adicional no auditada presentada junto con los estados financieros resumidos
                            1. El auditor evaluará si cualquier información adicional no auditada que se presente junto con los estados financieros resumidos se distingue claramente de dichos estados financieros
                              1. Si el auditor concluye que la forma en que la entidad presenta la información adicional no auditada no se distingue claramente de los estados financieros resumidos, solicitará a la dirección que modifique la presentación de la información adicional no auditada
                                1. Si la dirección se niega a hacerlo, el auditor explicará, en el informe de auditoría sobre los estados financieros resumidos, que dicha información no está cubierta por dicho informe
                            2. Asociación del auditor
                              1. Si el auditor tiene conocimiento de que la entidad prevé mencionar que el auditor ha emitido un informe sobre unos estados financieros resumidos en un documento que contiene dichos estados financieros resumidos, pero no tiene previsto incluir el correspondiente informe de auditoría, el auditor solicitará a la dirección que incluya el informe de auditoría en el documento
                                1. Si la dirección se niega a hacerlo, el auditor determinará y adoptará las medidas adecuadas para evitar que la dirección asocie de modo inadecuado al auditor con los estados financieros resumidos contenidos en dicho documento
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