Problemática de las Drogas en Venezuela (Medidas de Coerción Personal)

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DIPLOMADO EN DERECHO PROCESAL PENAL Mapa Mental - 10% Unidad III: Conocimiento de la Fase Preparatoria Requerimientos a los cursantes: Fundamentados en los contenidos programáticos especificados en la Unidad III resolverán los siguientes aspectos: Instrucciones Estimado participante te invito a efectuar un Mapa Mental acerca de la Problemática de las Drogas en Venezuela.
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Problemática de las Drogas en Venezuela (Medidas de Coerción Personal)
  1. Son todas aquellas medidas cautelares que tiene por objeto asegurar el éxito del Proceso Penal.
    1. En materia Especial de Drogas, el legislador elaboro un catálogo de preceptos y sanciones que se encuentran establecidos en la ley de drogas G.O 37510 del 05/09/2010. Titulo VI de los Delitos y las Penas, artículos 149 al 166. Estos procedimientos serán llevados por las reglas del Código Orgánico Procesal Penal
      1. Una vez determinado el delito el juez asegura el proceso mediante la estipulación de las medidas de coerción, para esto se debe se debe establecer la cuantía, dando cumplimiento a la Jurisprudencia 1.859, emanada de la Sala Constitucional en fecha 18/12/2014. La cual concede la posibilidad de que el imputado pueda gozar de las Fórmulas Alternativas a la Prosecución del Proceso, de esta manera el juez determina los siguientes aspectos.
        1. Delitos según la Cuantía
          1. Delitos de Mayor Cuantía, son aquellos en que su pena mínima es de 8 años, o los cuales por su porción de droga u otro tipo de sustancia excedan de los limites impuestos por la ley.
            1. Proporcionalidad
              1. Determinar las circunstancias y la gravedad de los hechos
              2. Limitaciones
                1. Existe tres limitaciones:
                  1. Personas mayores de 70 años.
                    1. Mujeres en los ultimos 3 meses de embarazo; o durante el proceso de lactancia hasta los 6 meses al nacimiento del hijo.
                      1. En las limitaciones cuales quieran que sea, cuando sea imprescindible una medida, el juez decretara detención domiciliaria o reclusión en un centro especializado
                      2. Personas con enfermedades en fase terminal
                    2. MOTIVACIÓN E INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
                      1. Estas deben ser impuestas exclusivamente bajo las reglas del COPP, deben ser mediante resolucion judicial, e interpretadas de manera taxativa, las que definen la flagrancia, serán interpretadas restrictivamente.
                    3. Delitos de Menor Cuantía, son aquellos en que su pena máxima no excedan los 8 años, o los cuales por su porción de droga u otro tipo de sustancia así lo determine la ley.
                      1. Proporcionalidad
                        1. Busca determinar las circunstancias y la gravedad de los hechos, por lo general se trata de un hecho que por su insignificancia o por su poca frecuencia no afecte gravemente el interés público
                        2. Limitaciones
                          1. En el caso de los delitos de menor cuantia, no son necesarias las limitaciones, ya que, el juez otorga una medida menos gravosa, en virtud de los supuestos establecidos en el art 38 del COPP.
                          2. MOTIVACIÓN E INTERPRETACIÓN RESTRICTIVA
                            1. Estas deben ser impuestas exclusivamente bajo las reglas del COPP, deben ser mediante resolucion judicial, e interpretadas de manera taxativa, las que definen la flagrancia, serán interpretadas restrictivamente.
                      2. PRIVACIÓN JUDICIALPREVENTIVA DE LIBERTAD
                        1. Comienza a solicitud del Ministerio Publico, se realiza mediante una orden judicial emanada de un Tribunal de Control, solo procede cuando las medidas cautelares sean insuficientes para garantizar las resultas del proceso penal.
                          1. Para que la privación judicial proceda al imputado se le debe acreditar la existencia de tres elementos, los cuales deben presentarse de manera concurrente (art 236 del COPP).
                            1. Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita
                              1. Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor, o partícipe en la comisión de un hecho punible
                                1. Una presunción razonable, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad
                                  1. Requisitos
                                    1. Peligro de Fuga art 237 COPP.
                                      1. Peligro de Obstaculización art 238 COPP
                                        1. Improcedencia art 239 COPP
                                        2. Una vez verificado estos requisitos de procedencia el juez decreta, mediante auto motivado la privación de libertad
                                          1. En materia de Drogas indiferentemente sea cual sea la cuantía, el juez debe valorar la proporcionalidad, ya que, en los distintos delitos se debe proteger el bien jurídico que en estos casos por tratarse de delitos de lesa humanidad el bien jurídico es la Sociedad.
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