DE LAS PARTICIPACIONES
A LAS ENTIDADES
FEDERATIVAS
ART. 41-43
DE LAS FACULTADES DE LAS
AUTORIDADES
ART. 38-40
DE LAS OBLIGACIONES
DE LOS
CONTRIBUYENTES
ART. 32-37
Llevar
contabilidad
Expedir y entregar
comprobantes
fiscales
Proporcionar
inf. en las
declaraciones
Presentación de una
declaración de pago
DE LA EXPORTACIÓN DE
BIENES O SERVICIOS
ART- 29-31
El uso o goce temporal, en el
extranjero, de bienes
tangibles proporcionados por
personas residentes en el país
DE LA IMPORTACIÓN DE
BIENES Y SERVICIOS
ART.
24-28-A
Uso temporal,en territorio nacional,
de bienes tangibles cuya entrega se
hubiera efectuado en el extranjero
DEL USO O
GOCE
TEMPORAL
ART.
19-23
Persona que permita a otra usar
temporalmente bienes tangibles
a cambio de una
contraprestación
DE LA
PRESTACIÓN DE
SERVICIOS
ART.14-18-A
Prestación de
obligaciones de hacer
que realice una persona
a favor de otra
Transporte de
bienes o personas
El seguro,
afianzamiento y
el
reafianzamiento
Asistencia técnica
y transferencia de
tecnología
DE LA
ENAJENACIÓN
ART.
8-13
Transferencia de un derecho a
una persona de hacer uso goce
de algún bien o servicio.
Donaciones
DISPOSICIONES
GENERALES
ART.
1-7
Impuesto que se aplica todos los
bienes o servicios que tanto la
persona física como la moral hacen
consumo de estas.
ART. I
Están obligadas al pago del IVA las
personas físicas y morales que, en
territorio nacional, realicen los
actos o actividades siguientes
Enajenen
bienes
Presten
servicios
independientes
Otorguen el uso
o goce temporal
de bienes
Importen
bienes
TASAS DEL IVA EN MÉXICO
16%
Se aplica sobre el consumo
o goce de bienes o
servicios.
NO APLICA
Medicamentos
Aguas no
gaseosas y/o
compuesta
Vegetales no
industrializados
Joyería
Libros y
revistas
APLICA
Enajenación de
bienes
Prestación de
servicios
independientes
Otorgamiento
de uso bienes
Importación
de bienes o
servicios
ESTÍMULO FISCAL
REGIÓN
FRONTERIZA (NORTE
DEL PAÍS) 8%
APLICA
Enajenación
de bienes
Prestación de
servicios
independientes
Otorgamiento de uso
o goce temporal de
bienes
NO APLICA
Enajenación de
bienes
inmuebles y
bienes
intangibles
Suministro de
contenidos
digitales
Contribuyentes
publicados en las
listas del SAT del
69,69-B Y 69-BIS
Importación
de bienes y
servicios
0%
APLICA
ENAJENACIÓN
DE SERVICIO
Prestados
gratuitos
Las comisiones y contraprestaciones
con motivo del otorgamiento de
créditos hipotecarios para la
adquisición, ampliación,
construcción o reparación de bienes
inmuebles destinados a casa
habitación.
Seguros de crédito a la
vivienda que cubran el riesgo
de incumplimiento de los
deudores de créditos
hipotecarios
Aseguramiento contra
riesgos agropecuario
Transporte público
terrestre para áreas
urbanas
Seguros de
garantía
financiera
Seguros de
vida
Transporte marítimo
internacional de bienes
"EXENTO"
ENAJENACIÓN
DE SERVICIO
TIPOS DE IVA
ACREDITABLE
Cuando el impuesto al valor agregado haya sido transladado
al contribuyente y el propio impuesto de él hubiese pagado
con motivo de importación de bienes o servicios, en el mes
que se trate.
POR
ACREDITAR
TRANSLADADO
POR
TRANSLADAR
Se entenderá por transladado del impuestoel cobro o cargo que
el contribuyente debe hacer a dichas personas de un monto
equivalente al impuesto establecido en esta ley.
El contribuyente transladará dicho impuesto, en forma
expresa y por separado, a las personas que adquieran los
bienes, los usen temporalmente o reciban servicios.
El contribuyente pagará en las oficinas autorizadas la
diferencia entre el impuesto a su cargo y el que le hubieran
transladado o el que él hubiese pagado en la importancia de
bienes o servicios, siempre que sean acreditables en los
términos de esta ley.
El contribuyente disminuirá del
impuesto a su cargo, el impuesto que
le hubiere retenido.
LEY DEL ISR
ART. 27 REQUISITOS
DE LAS DEDUCCIONES
FRAC. I
FRAC. III
FRAC. IV
EL REGISTRO EN
CONTABILIDAD
Estar debidamente registradas en
contabilidad y que sean restadas una sola
vez.
PAGOS MEDIANTE
TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS
Amparadas con comprobante fiscal y que
los pagos no excedan de $2,000.00 se
efectúen mediante transferencia
electrónica de fondos desde cuentas
abiertas.
PAGOS A TRAVÉS DE
TRANSFERENCIA
ELECTRÓNICA DE FONDOS
El pago deberá efectuarse de la misma
manera aún cuando la contraprestación
de dichas adquisiciones no excedan a
$2,000.00
CONTENIDO DEL CHEQUE
NOMINATIVO
Los pagos que efectúen mediante este cheque,
deberá contener la clave en el registro federal de
contribuyentes de quien lo expide y en el anverso
"Para abono de cuenta del beneficiario"
GASTOS ESTRICTAMENTE
INDISPENSABLES Y DONATIVOS
INSTITUCIONES
AUTORIZADAS PARA
RECIBIR DONATIVOS
P. morales fines
no lucrativos
Asociaciones y
sociedades civiles que
otorguen becas.