CUADRO COMPARATIVO

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CUADRO COMPARATIVO
  1. LEGITIMA DEFENSA
    1. Justifica la realizacion de una conducta tipica por parte de quien obra en defensa de bienes juridicos propios o de terceros
      1. El derecho a la legitima defensa nace, desde el momento en que el agresor manfiesta intención de agredir
        1. Para ser legitima defensa,la respuesta del agredido debe ser proporcional a la agresión
          1. Para la legitima defensa la ley sanciona tres requisitos: el que hubiere transgredido los limites impuestos por la ley, la autoridad o la propia necesidad
            1. Estado de necesidad, aunque nace de la legitima de defensa, se refiere al resguardo de los intereses colectivos.
              1. Diferencias entre Legitima Defensa y Estado de necesidad
                1. En la legítima defensa se enfrentan el interés ilegítimo del sujeto agresor y el interés legítimo del sujeto agredido.
                  1. En la legítima defensa el peligro es provocado por una persona, en el estado de necesidad, el peligro es generado por una multiplicidad de factores,
                    1. Entre la legítima defensa y el estado de necesidad, existe una diferencia fundamental, que consiste en los intereses de ambas, puesto que en la legitima defensa los intereses de los sujetos activos y pasivos son antagónicos, ya que hay un interés malo y otro bueno; y en el estado de necesidad, ambos intereses son valiosos y protegidos por el derecho penal.
                2. IMPUTABILIDAD
                  1. Es la capacidad del ser humano, para entender que su conducta lesiona los intereses de sus semejantes, es atribuir las consecuencias de su accionar
                    1. Imputabilidad disminuida por enfermedad mental
                      1. Imputabilidad por embriaguez
                    2. CULPABILIDAD
                      1. Se define como el juicio de reproche dirigido al sujeto por haber mantenido un comportamiento psicológico contrario a las exigencias de la norma.
                        1. Genera rechazo
                          1. Se considera culpable quien al momento de realizar la conducta reprochable conocía la ilicitud del acto, y dicho conocimiento es actual y efectivo
                            1. Se considera culpable, quien actúe libre de coacción y con autodeterminación de sus actos
                              1. La culpabilidad recae sobre el agente y no sobre el hecho
                              2. Como se puede observar estos elementos son pilares de la Teoría del Delito y se encuentran tipificadas en la Ley, para así justificar la acción de un sujeto que transgrede la Ley, siempre y cuando sus acciones no sean exacerbadas
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