LEY 43 DE 1990

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LEY 43 DE 1990
  1. De la vigilancia y dirección
    1. Son órganos de la profesión
      1. Junta Central de Contadores.
        1. De las multas. Se aplicará esta sanción cuando la falta no conlleve la comisión de delito o violación grave de la ética profesional.
          1. De la suspensión. Hasta el término de un (1) año, La enajenación mental, la embriaguez habitual u otro vicio o incapacidad grave judicialmente declarada, la violación de las normas de ética profesional.

            Annotations:

            • Actuar con quebrantamiento de las normas de auditoría generalmente aceptadas. Desconocer las normas jurídicas vigentes sobre la manera de ejercer la profesión. Desconocer flagrantemente los principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia como fuente de registro e informaciones contables. Incurrir en violación de la reserva comercial de los libros, papeles e informaciones que hubiere conocido en el ejercicio de la profesión. Reincidir por tercera vez en causales que den lugar a imposición de multas.
            1. De la cancelación. Haber sido condenado por delito contra la fe pública, contra la propiedad, la economía nacional o la administración de justicia, por razón del ejercicio de la profesión.

              Annotations:

              • Haber ejercido la profesión durante el tiempo de suspensión de la inscripción. Ser reincidente por tercera vez en sanciones de suspensión por razón del ejercicio de la Contaduría Pública. Haber obtenido la inscripción con base en documentos falsos, apócrifos o adulterados.
            2. Consejo técnico de la contaduría
              1. De las Funciones. Adelantar investigaciones técnico científicas, sobre temas relacionados con los principios de contabilidad y su aplicación, y las normas y procedimientos de auditoría.

                Annotations:

                • Estudiar los trabajos técnicos que le sean presentados con el objeto de decidir sobre su divulgación y presentación en eventos nacionales e internacionales de la profesión. Servir de órgano asesor y consultor del Estado y de los particulares en todos los aspectos técnicos relacionados con el desarrollo y el ejercicio de la profesión. Pronunciarse sobre la legislación relativa a la aplicación de los principios de contabilidad y el ejercicio de la profesión. Designar sus propios empleados. Darse su propio reglamento. Los demás que le atribuye las leyes.
              2. A partir de la vigencia de la presente ley, únicamente la Junta Central de Contadores podrá imponer sanciones disciplinarias a los Contadores Públicos.
            3. Del ejercicio de la profesión
              1. Del Ejercicio de la profesión
                1. Los Contadores Públicos están obligados a: Observar, actuar con sujeción a las normas, cumplir las normas legales vigentes, vigilar que el registro e información contable se fundamente en principios de contabilidad generalmente aceptados en Colombia.
                2. De los papeles de trabajo
                  1. El Contador Público dejará constancia de las labores realizadas para emitir su juicio profesional.

                    Annotations:

                    • Tales papeles, que son propiedad exclusiva del Contador Público, se preparan conforme a las normas de auditoría generalmente aceptadas.
                  2. De la Fe pública
                    1. La atestación o firma de un Contador Público en los actos propios de su profesión hará presumir que el acto respectivo se ajusta a los requisitos legales. .

                      Annotations:

                      • lo mismo que a los estatutarios en casos de personas jurídicas. Tratándose de balances, se presumirá además que los saldos se han tomado fielmente de los libros, que éstos se ajustan a las normas legales y que las cifras registradas en ellos reflejan en forma fidedigna la correspondiente situación financiera en la fecha del balance
                  3. Del contador
                    1. De la Profesión del Contador
                      1. Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente Ley,

                        Annotations:

                        • está facultada para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros, y realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general. La asesoría tributaria, la asesoría gerencial, en aspectos contables y similares.
                      2. De la Inscripcion del contador
                        1. se acreditará por medio de una tarjeta profesional que será expedida por la Junta Central de Contadores.

                          Annotations:

                          • Para ser inscrito es necesario ser nacional colombiano en ejercicio de los derechos civiles, o extranjeros domiciliado en Colombia con no menos de tres (3) años de anterioridad a la respectiva solicitud de inscripción y que reúna los siguientes requisitos: Haber obtenido el título de Contador Público en una universidad colombiana autorizada por el gobierno para conferir tal título. Acreditar experiencia en actividades relacionadas con la ciencia contable en general no inferior a un (1) año y adquirida en forma simultánea con los estudios universitarios o posteriores a ellos.
                        2. De la vigilancia Estatal
                          1. sociedades de Contadores Públicos estarán sujetas a la vigilancia de la Junta Central de Contadores.
                          2. De los Principio de Contabilidad Generalmente Aceptados
                            1. El Conjunto de conceptos básicos y de reglas que deben ser observados al registrar e informar contablemente, sobre los asuntos y actividades de personas naturales o jurídicas.
                            2. De las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas
                              1. Se relacionan con las cualidades profesionales del Contador Público, con el empleo de su buen juicio en la ejecución de su examen y en su informe referente al mismo.
                            3. Código de ética profesional
                              1. El Contador Público como depositario de la confianza pública, da fe pública cuando con su firma y número de tarjeta profesional suscribe un documento en que certifique sobre determinados hechos económicos.
                                1. Integridad Objetividad. Independencia. Responsabilidad. Confidencialidad. Observaciones de las disposiciones normativas. Competencia y actualización profesional. Difusión y colaboración. Respeto entre colegas.
                                2. El Contador Público está obligado a guardar la reserva profesional en todo aquello que conozca en razón del ejercicio de su profesión, salvo en los casos en que dicha reserva sea levantada por disposiciones legales.

                                  Annotations:

                                  • Las evidencias del trabajo de un Contador Público, son documentos privados sometidos a reservas que únicamente pueden ser conocidos por terceros, previa autorización del cliente y del mismo Contador Público, o en los casos previstos por la ley. 

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