Se aplicarán, en primer lugar, los criterios dependientes de juicio de valor y después los de
valoración automática, según sus correspondientes ponderaciones (dejando constancia
documental de ello), y se clasificarán las ofertas en orden decreciente, obteniendo de esta
manera la oferta más ventajosa. Para la evaluación de las ofertas dependientes de un juicio de
valor deberá constituirse un Comité de Expertos o encomendar esta evaluación a un Organismo Técnico Especializado.