Respecto a los derechos de la Universidad, en cuanto a la titularidad de las creaciones, le corresponden a la Universidad, de manera exclusiva, la totalidad de los derechos de contenido económico sobre las obras o investigaciones concebidas o puestas en práctica total o parcialmente por personal docente e investigador, en sus diversas modalidades, personal administrativo, becarios y estudiantes en el curso de sus responsabilidades académicas o administrativas, así como cuando se use para tales fines laboratorios, talleres, equipos y otros recursos propios de la Universidad, salvo norma, disposición, contrato o convenio que establezca algo distinto, emitido o aceptado por la Universidad.
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