Select from the dropdown lists to complete the text.
Será tutor del Rey menor la persona que en su testamento hubiese nombrado el Rey ( difunto, regente, descendiente ), siempre que sea ( mayor, menor ) de edad y español ( de nacimiento, (el artículo solo dice "español") ); si no lo hubiese nombrado, será tutor el padre ( o, y ) la madre, mientras permanezcan ( viudos, casados, separados ). En su defecto, lo nombrarán las Cortes Generales, pero no podrán acumularse los cargos de Regente y de tutor sino en el padre, madre o ascendientes directos del Rey.