La ciudadanía la definimos como:
vínculo natural que liga a una persona con un Estado, por haber nacido dentro de su territorio, o por ser descendiente de una persona que nació en ese Estado
vínculo jurídico que une al ciudadano con el Estado, que permite votar y en ciertos casos ser votado
Nuestra Constitución clasifica a la ciudadanía en:
Naturales - Electores no ciudadanos
Electores no ciudadanos - Legales
Legales - Naturales
Para obtener la Ciudadanía Natural la Constitución establece:
Haber nacido en territorio nacional
Tener residencia de 5 años en el país
Buena Conducta
Inscripción en el Registro Cívico Nacional
Permanencia en el país por un tiempo superior a 3 meses
Habiendo nacido en otro país, ser hijo de padre o madre nacidos en el territorio
Puede una persona que nacio en el extranjero ser Ciudadano Natural
Si
No
Una Persona que nacio en Argentina, tiene sus abuelos nacidos en el Uruguay. ¿Le corresponde la ciudadanía natural?
La ciudadanía legal la pueden tramitar:
Las personas nacidas dentro del territorio Uruguayo
Las personas nacidas en el exterior (cualquier otro país sin ser Uruguay)
Para tramitar la Ciudadanía legal en nuestro país se requiere una residencia:
de 3 años en el caso de que no se tenga familia constituída en el país
de 5 años en el caso de que se tenga familia constituída en el país
de 5 años en el caso de que no se tenga familia constituída en el país
de 3 años en el caso de que se tenga familia constituída en el país