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Mapa conceptual de la Unidad 6 de la materia Derecho Administrativo.

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Joz Rossi
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Es con base en la Constitución el cómo se organiza laadministración pública, pues se establece el contenido y loslímites de su funcionamiento.La Constitución representa la base de todo el sistema jurídicomexicano, es por ello, que toda la legislación y la actuaciónde las autoridades deben estar acordes a las directrices quela misma constitución establece.La Constitución Federal es la ley suprema de una nacióndeterminada, y como al ser la máxima legislación del puebloesta emana de la misma soberanía popular, es decir, delpoder constituyente que se facultó para legislar sobre lamateria.Cabe mencionar que según la cátedra del Dr. Covián Andradeno existen las constituciones locales, pues para poder crearuna el Estado tiene que contar con soberanía, y las entidadesfederativas de nuestro país no la tienen; es por ello que unnombre más apropiado para ellas sería “Estatuto degobierno”.La Constitución Local es aquella que es propia de los Estadosde la república que conforma a la nación, la ConstituciónLocal está conformada por un conjunto de preceptos jurídicosque habrán de regular lo que es competente a la entidadfederativa de la se trate, siempre que esta respete lo que laConstitución Federal establece.ConstituciónLocal.ConstituciónFederal.Como bien nos dice Eduardo García Enterría el Derecho Administrativoconstituye un ordenamiento jurídico-administrativo, pues es la parte delordenamiento jurídico general que se refiere a la administración pública.Es aquí donde el tema se conecta con la materia, pues laadministración pública como una parte de la actividad del Estado,está determinada por la constitución, por los fines y justificacióndel devenir histórico de la misma.Como bien sabemos el Estado es una creación humana, el cual seestablece en una Constitución, a lo cual nos podemos refería a que elnacimiento de un Estado se da de manera paralela al de la Constitución,pues ambos son productos del órgano constituyente que los creo.Mas en nuestra práctica lo podemosconsiderar como la orden dictada porel superior jerárquico, conforme a unadecisión individual o colegiada.El acuerdo puede significar unaresolución tomada en comúnpor varios individuos; decisiónpremeditada de una solapersona; pacto; convenio;tratado; deliberar; y resolveracerca de un determinadoplanteamiento.Acuerdo.Según Rafael I. MoralesMartínez, la circular es eldocumento de origeninterno, por el cual setransmiten orientaciones,aclaraciones, informacióno interpretación legal oreglamentaria.Circular.Las NormasOficialesMexicanas (NOM)son lasregulacionestécnicas quecontienen lainformación,requisitos,especificaciones,procedimientos ymetodología quepermiten a lasdistintasdependenciasgubernamentalesestablecerparámetrosevaluables paraevitar riesgos a lapoblación, a losanimales y almedio ambiente.Normas Oficiales Mexicanas6.5 Acuerdos, circulares y normas oficiales mexicanas.6.1 Constitución como normatividad de los países; Constitución federal y Constitución local.Las Leyes Ordinarias sonaquellas que resultan deuna actividad autorizadaal legislador en la propiaConstitución, pero que nose llegan a considerarreglamentarias niordinarias.LeyOrdinaria.En materiaadministrativa, sonaquellas que se emitenpara detallar losaspectos específicos delos derechos yobligaciones que undeterminado precepto dela Constituciónestablece.LeyReglamentaria.Las Leyes Federales sonun conjunto de normasaplicadas en todo elterritorio de nuestranación, las cuales tienencomo característicaparticular laespecialización en cuantoa una materia enparticular para así podergarantizar una legislaciónespecífica y puntual.Son aquellas leyes en dondese puede llegar a dar el casoque sean preceptosdestinados a regular laconducta de un universointegrado por un soloindividuo, sin que por ello nosean generales, es decir, si ysolo si, ese individuoactualiza el supuestonormativo en razón de sussituación jurídica, mas no porsu identidad individual.LeyIndividualizada.Las Leyes Orgánicas necesitan de unprocedimiento de aprobación másriguroso que el de las leyes ordinarias, enel ámbito estatal, estas solo pueden serderogadas por otras adoptadas con losmismo requisitos.Es la Constitución quien ha establecidouna distinción entre las leyes emitidaspor las Cortes, llamándolas “LeyesOrgánicas”LeyOrgánica.Las Leyes Generales son aquellosimperativos que can dirigidos a todos losniveles de gobierno ya sea en la materialocal y federal.LeyGeneral.LeyFederal.También podemos decir que lasleyes son consideradas comoordenamientos jurídicos cuyoobjetivo es regular la conductade los individuos en sociedadde manera general, abstracta yobligatoria.Como bien nos mencionaRomán Marín Mateo podemosconsiderar a la ley comoaquella norma escrita emanadade los órganos que tienenatribuida la facultad legislativa.6.2 Ley (Federal, general, orgánica, reglamentaria, ordinaria e individualizada).Es el reglamento emitido deacuerdo con una ley, sedenomina así por estarsometidos a los dictadosde la ley expedida por otrode los poderes, cuál es ellegislativo.Es el reglamento emitido enausencia de una ley, sedenomina así por unfundamento en la ley, sinodirectamente en laConstitución; este es unreglamento excepcional,pues no requiere de una leyque reglamentar.Reglamento Autónomo.Reglamento Heterónomo.Podemos distinguir entre dos tipos de reglamentos: elheterónomo y el autónomo.Este se distingue de la ley por su órgano emisor, el PoderEjecutivo, de ahí que resulte más sencillo el modificarlo queuna ley.Al reglamento se puede llegar a definir como un conjunto denormas que regulan la conducta externa de las personas, demanera general, impersonal, abstracta obligatoria y coercitiva.En esta última Unidad vamos a analizar a la fuente de todo elDerecho Administrativo, la Ley. Si bien la Ley no es unainstitución en cuanto al organigrama de un Estado, si es elorigen del cual emergen todos estos, es por ello laimportancia de analizar a la misma, pues es en sus preceptosdonde se fundamentará y se detallar las funciones yfacultades de los funcionarios públicos. Punto importante esel decir que la comprensión de esta Unidad se ayuda con lalectura de las demás y es por ello que esta última Unidadcomplementa el análisis del Derecho Administrativomexicano.Relación de la Unidad con el Objetivo de la materia.Serra Rojas Andrés-Derecho Administrativo; Báez Martínez Roberto-Manual deDerecho Administrativo; García de Enterría Eduardo-Curso de DerechoAdministrativo; Martínez Morales Rafael.-Derecho Administrativo 1er. Curso;Decreto - http://definicion.de/decreto/; Definición de Reglamento -http://conceptodefinicion.de/reglamento/; y Constitución -http://www.profesorenlinea.cl/chilehistoria/ConstitucionPolitica.htmFuentes.6.3 Reglamento. Sus distintas clases y características.Los decretosjudiciales sonsimplesdeterminacionesde trámite que sedictan dentro delproceso civil. Deconformidad conlo establecido enel artículo 79fracción I delCódigo deProcedimientoCiviles para elDistrito Federal.Poderjudicial.La Constitución prevé losdecretos en dos artículos el71 y el 92. En el primeroalude al decreto legislativo,ya que contiene la facultadde iniciativa de leyes ydecretos. El precepto 92también trata decretos, enrelación con el refrendoministerial.PoderEjecutivo.Dichos decretos estánprevistos en los preceptos 70y 72 de la Constitución en elque prevén: el primero todaslas resoluciones del Congresotendrán carácter de ley odecreto; y el segundo, el deprocedimiento de discusión,interpretación, reforma, etc.,de leyes y decretos.PoderLegislativo.Su clasificación la podemos encontrar dependiendo delpoder que la emita:Es Roberto Báez Martínez quien considera al decretocomo la decisión de un órgano del Estado, la cual creasituaciones generalmente concretas e individuales, esterequiere publicidad a efecto de ser conocida por aquellasa quienes va dirigida.6.4 Decretos en sus distintas manifestaciones jurídicas.Por: Días Rubio Josafat M.Unidad 6. Legislación Administrativa._1Double click this nodeto edit the textClick and drag this buttonto create a new node