Legislación laboral

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Mapa conceptual contrato de trabajo verbal
Karen Julieth MARTINEZ HUERTAS
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Karen Julieth MARTINEZ HUERTAS
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  •       CONTRATO
  • ¿Qué es?
  • Un contrato laboral es un acuerdo entre un empresario y un trabajador por el que este ofrece sus servicios al empresario a cambio de un salario. https://www.youtube.com/watch?v=Z-_4EK1Vctk  
  • Clasificación
  • Elementos
  • -La actividad personal del trabajador, no es otra cosa que la prestación del servicio o ejecución del trabajo personalmente por el trabajador contratado.  -La continua subordinación, hace referencia a la obligación del trabajador de acatar las ordenes que le imparta su patrón. -La retribución, es la contraprestación económica que recibe el trabajador por su trabajo, contraprestación comúnmente conocida como salario. Sabogal, E. (2012). Guía laboral 2012. Bogotá, Colombia: Ecoe Ediciones. Recuperado de https://elibro.net/es/ereader/uniminuto/69218?page=37.
  • Según su
  • Forma
  • Duración
  • Son
  • Periodo de prueba
  • Derechos y obligaciones
  • Los
  • La
  • El
  • Los
  •   El contrato de trabajo verbal: es aquel en el que no se firmó ningún documento, donde los acuerdos son de palabra. En esta forma de contrato no hay documento alguno que sirva como prueba de una cosa u otra, lo que supone una debilidad en caso de que surjan diferencias futuras entre el trabajador y el empleador. Este contrato está regulado por el artículo 38 del código sustantivo del trabajo.  
  • El contrato de trabajo escrito: El contrato de trabajo escrito está regulado por el artículo 39 del código sustantivo del trabajo, y todo lo que se acuerde debe quedar contenido en un documento, documento que aparte de la firma de trabajador y empleador, no requiere formalidad alguna para su validez, por lo que constituirá prueba por sí sólo para cualquiera de las partes.
  • Son
  • Son
  • Contrato de trabajo a termino fijo: debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres {3) años, pero es renovable indefinidamente. Sabogal, E. (2012). Guía laboral 2012. Bogotá, Colombia: Ecoe Ediciones. Recuperado de https://elibro.net/es/ereader/uniminuto/69218?page=48.
  • Contrato de trabajo a término indefinido, por lo general se termina cuando el empleado se retira voluntariamente, cuando se pensiona, cuando la empresa desaparece o es despedido por el empleador, ya sea con justa causa o no. Sabogal, E. (2012). Guía laboral 2012. Bogotá, Colombia: Ecoe Ediciones. Recuperado de https://elibro.net/es/ereader/uniminuto/69218?page=61.
  • Contrato por obra y labor: es aquel en virtud del cual se contrata a un trabajador para desarrollar una labor determinada.  Por ejemplo, en la parte de producción de televisión y de novelas, a algunos trabajadores los contratan bajo esta modalidad. Las personas cuentan con todas las prestaciones sociales mientras están desarrollando el proyecto. Si el producto termina, de igual manera, se da por finalizado el contrato.   
  • Contrato ocasional, accidental o transitorio: El trabajo ocasional, transitorio o accidental es aquel que no exceda de un mes, y sobre actividades distintas a las que normalmente desarrolla el empleador.  Para ilustrar un caso podemos citar como ejemplo la empresa que requiere contratar a una persona para que repare el muro exterior de una de sus bodegas. Esa es una actividad que nada tiene que ver con lo que la empresa haga, y además será un trabajo de pocos días.
  • Todo contrato de trabajo escrito, lleva inmerso un tiempo considerado como periodo de prueba, el cual según el artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo, "es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del patrono, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de este, la conveniencia de las condiciones del trabajo”, Sabogal, E. (2012). Guía laboral 2012. Bogotá, Colombia: Ecoe Ediciones. Recuperado de https://elibro.net/es/ereader/uniminuto/69218?page=154.
  • ¿Qué es?
  • Efectos
  •  Efecto juridico El período de prueba puede darse por terminado unilateralmente en cualquier momento, sin previo aviso. Los trabajadores en período de prueba gozan de todas las prestaciones, excepto auxilio de cesantía.
  • Suspención del contrato En el periodo de prueba, el empleador puede despedir al trabajador en cualquier momento y sin previo aviso, pero siempre que exista una causa objetiva según ha dicho reiterada jurisprudencia de la corte constitucional. En consecuencia, el empleador puede despedir al trabajador en periodo de prueba, pero si no existe una justa causa objetiva, el trabajador puede alegar un despido ilegal y si el empleador no prueba que la causa de despido fue justa, entonces el juez podría condenarlo a reintegrar al trabajador.
  • Empleadores 
  • Empleados
  • De
  • Obligaciones
  • Son
  • Son
  • Derechos
  • Obligaciones
  • Derechos
  • -Pagar salarios, honorarios o remuneraciones. -pagar por horas extras y de suplencia. -Mantener una buena relación empleado-empleador, sin discriminación entre trabajadores. -Reducir al máximo del riesgo en el trabajo. -Dotar de elementos necesarios tanto para la protección del empleado como para su ocupación efectiva.
  • -Ejercer la potestad y facultad en la organización, dirección y control; poder establecer un orden reglamentario y disciplinario; obtener prestaciones del trabajo; sacar beneficio de la productividad del trabajo.
  • -Cumplir las obligaciones que se derivan del puesto de trabajo, y actuar de buena fe con la empresa. -Cumplir de forma responsable con las medidas de seguridad e higiene que corresponda. Por ejemplo, si hay que llevar equipos de protección individual o cumplir una serie de protocolos básicos. Ya que el hecho cumplirlos te puede poner en peligro tanto al trabajador como a otras personas. -Cumplir las órdenes e instrucciones de los superiores. -No concurrir con la actividad de la empresa, al menos en los términos que fija la Ley. -Intentar contribuir, en la medida de lo posible, a la mejora de la productividad empresarial, lo que implica intentar actuar siempre con responsabilidad para el buen funcionamiento de la empresa -Los deberes que se deriven del propio contrato de trabajo.
  • -El derecho a la ocupación efectiva -El derecho a promocionarse laboralmente y a acceder a la formación profesional. -El derecho a no ser discriminados para el empleo a desarrollar, ya sea de forma directa como indirecta -Protección de la integridad física. el respeto a la intimidad del trabajador y la preservación de su dignidad. -Todo trabajador tiene derecho a cobrar puntualmente su salario.  
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